La actuación del Décimo Tribunal Colegiado es «ilegal»
Consorcio Rivada aseguró que a través de «francas chicanas y maniobras improcedentes» se retrasó la revisión de la reclamación judicial que interpuso en contra la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) con lo cual la dependencia gana tiempo para firmar el contrato de Asociación Público Privada (APP) con Altán Redes y consumar «la ilegalidad de sus actos».
A través de un extenso comunicado la firma que concursó por la Red Privada cuestionó «¿por qué teme la SCT que los jueces federales estudien la demanda de amparo de Consorcio Rivada?, ¿cómo puede explicarse que la autoridad convocante de un concurso internacional de APP, mediante francas chicanas y maniobras improcedentes, busque sustraer sus propios actos de un debido control judicial?».
Rivada explicó que la SCT a través de la Dirección General de Política de Telecomunicaciones y Radiodifusión (DGPTR) presentó el pasado 7 de diciembre, una Solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a efecto de que considere ejercer tal facultad con respecto al Juicio de Amparo Indirecto promovido por Consorcio Rivada y materia del Conflicto Competencial.
Derivado de esta acción, «en un hecho sin precedente» el pasado 8 de diciembre, el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito decidió aplazar indefinidamente la resolución del Conflicto Competencial 32/2016, asunto en el cual debe establecerse qué juzgado de distrito conocerá del juicio de amparo indirecto promovido por Consorcio Rivada desde el 7 de noviembre de este año.
«La actuación del Tribunal Colegiado resulta oficiosa y parcial. Desatiende un plazo legal a favor de Consorcio Rivada y, en cambio, actúa en función de la consigna de una autoridad que no es parte del Conflicto Competencial y que no tiene legitimación alguna para actuar en el mismo. Es decir, la actuación del Tribunal Colegiado es ilegal».
Rivada consideró «inadmisible» que en un país de leyes e instituciones como México, una demanda de amparo que debió admitirse y estudiarse desde hace más de un mes, «quede condenada a la indefinición, en una franca denegación de justicia. Con ello, la tutela judicial efectiva que garantizan la Constitución Federal y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, resulta ilusoria».
«Un trámite que bajo la Ley de Amparo debe tomar 24 horas, según disposición expresa de su artículo 112,
habiendo transcurrido más de un mes desde su presentación (7 de noviembre pasado), el juicio de amparo indirecto de Consorcio Rivada continúa inaudito: ningún juez se ha pronunciado sobre su admisión ni sobre las cuestiones relacionadas con la suspensión de los actos reclamados».
El consorcio aseguró que hará lo necesario para ventilar este caso y llevarlo hasta las últimas consecuencias y tratar de esclarecer la actuación de la autoridad en el proceso de licitación de la Red Compartida.
C$T-EVP