El Pleno del IFT autorizó la operación de concentración en Altán Redes que permitirá a diversos accionistas de la empresa inyectar alrededor 50.5 millones de dólares, en tanto que la Banca Mexicana de Desarrollo (Banobras, Nafin y Bancomext) erogará aproximadamente 161 millones de dólares.
“Este crédito se garantizará a través de un Fideicomiso al cual se aportarán las acciones de Altán y en el que la Banca Mexicana de Desarrollo tendrá aproximadamente 61 por ciento de los derechos fideicomisarios y los accionistas el 39 por ciento restante”, detalló el órgano regulador.
En un comunicado, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) explicó que la Banca Mexicana de Desarrollo tendrá derecho a nombrar a la mayoría de los miembros del Consejo de Administración de Altán y el porcentaje de derechos fideicomisarios de la Banca Mexicana de Desarrollo se irá disminuyendo y revirtiendo en favor de los accionistas conforme el crédito se vaya pagando.
Tras el análisis correspondiente, y de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), el regulador determinó que no se prevé que la concentración tenga o pueda tener por objeto o efecto conferir poder sustancial a las partes involucradas, ni establecer barreras a la entrada, impedir a terceros el acceso a los productos y servicios y/o facilitar el ejercicio de conductas prohibidas por la Ley Federal de Competencia Económica en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión en México.
Asimismo, el IFT concluyó que no se advierte que la concentración atente contra el principio de que ningún prestador de servicios de telecomunicaciones tenga influencia en la operación de la Red Compartida, obligación establecida en el título de concesión correspondiente.
Por otra parte, el órgano regulador informó también que emitió una opinión favorable sobre modificaciones al contrato de Asociación Público-Privada (APP), celebrado entre el Organismo Promotor de Inversiones en Telecomunicaciones (Promtel), Telecomunicaciones de México (Telecomm) y Altán para llevar a cabo el proyecto de Red Compartida Mayorista.
Las modificaciones consisten, principalmente, en que la vigencia del Contrato APP sea de 40 años sin posibilidad de prórroga, en lugar de 20 años con posibilidad de prórroga.
Además, que las fechas de cumplimiento de los hitos de cobertura del 70, 85 y 92.2 por ciento de la población se cumplan el 30 de noviembre de 2022, el 24 de enero de 2027 y 24 de enero de 2028, respectivamente, lo cual es consistente con la modificación aprobada en los títulos de concesión de Altán el 23 de febrero de 2022.
También se busca establecer la posibilidad de que Altán para obtener y garantizar financiamiento, pueda otorgar las garantías y/o celebrar todo tipo de actos, instrumentos y contratos que fueren necesarios, adicionales o distintos al Fideicomiso de Garantía; esto, en relación con el financiamiento analizado en la concentración.
“En la opinión emitida por el Pleno del IFT se determinó que las modificaciones pretendidas no representan un cambio significativo ni una mejora para Altán respecto a las condiciones ofrecidas en el Concurso del cual este concesionario resultó ganador y, en su caso, están plenamente justificadas”.
Los cambios, expuso el instituto, no generan efectos contrarios a la competencia y libre concurrencia en la provisión de los servicios que ofrece Altán, y no atentan contra el principio de que ningún prestador de servicios de telecomunicaciones tenga influencia en la operación de la Red Compartida.
Considerando que la Banca Mexicana de Desarrollo tendrá derecho a nombrar miembros del Consejo de Administración de Altán y otros directivos de esa sociedad, en la opinión a la modificación del Contrato APP el IFT estimó pertinente señalar que dichas personas no podrán ser miembros del consejo de administración (u órgano equivalente) ni personas que ocupen puestos de directivo, gerente, administrador o equivalente en algún Agente Económico que sea prestador de servicios de telecomunicaciones.
Además, se deberá verificar que se cumpla lo establecido en el Contrato APP relativo a que los funcionarios clave de la empresa cuenten con experiencia y conocimientos necesarios en la administración, dirección, operación, diseño, instalación, despliegue, mantenimiento y actualización de redes de telecomunicaciones de complejidad comparable con la Red Compartida.
“Tanto la autorización de la concentración como la opinión favorable a las modificaciones al Contrato APP no prejuzgan sobre otras autorizaciones u opiniones que las partes involucradas deban obtener de otras autoridades competentes”.
C$T-GM