Empresas imponen “guardia permanente” a los trabajadores.
Realizar actividades como el home office o el trabajo remoto ha permitido a una gran cantidad de empresas evitar la quiebra a un año de pandemia; sin embargo, también ha provocado agotamiento entre los trabajadores, a causa de jornadas laborales extendidas, que derivan en relaciones laborales tóxicas y poco productivas, pues en México es muy reciente el tema del derecho a la desconexión.
La Asociación de Internet MX reveló que aunque el 85 por ciento de los mexicanos está a gusto trabajando desde casa, casi 70 por ciento de los encuestados precisó que trabajan más horas bajo el esquema home office que cuando asistían a las oficinas.
De acuerdo con el Estudio sobre los Hábitos de los Usuarios de Internet en México 2020, durante la contingencia los usuarios de internet permanecen 8 horas 57 minutos conectados al día en promedio, teniendo horarios de conexión intensivos durante la media mañana y por las noches, una variante, respecto a lo observado en 2019, esta dinámica era al medio día.
Los hábitos de los usuarios de internet cambiaron para adaptarse a la nueva realidad, tanto personal como laboral, y en este contexto es que empezaron a surgir propuestas para proteger o aligerar el peso causado por las tareas del trabajo remoto.
En febrero de este año, a casi un año de iniciada la “cuarentena” para evitar contagios del Covid-19, el senador Ricardo Monreal presentó una iniciativa en materia de desconexión digital, aprobada en comisiones del Senado el 18 de marzo pasado.
Esa propuesta con proyecto de decreto al Artículo 68-BIS de la Ley Federal del Trabajo (LFT) reconoce como algo peligroso y violatorio de los Derechos Humanos el hecho que los empleados estén en una especie de “guardia permanente”, disponibles en todo momento, a través de correos electrónicos, mensajes de texto o llamadas telefónicas.
En la Ciudad de México, el diputado local Nazario Norberto Sánchez propuso una reforma a la Constitución capitalina para “prohibir a las empresas el envío de mensajes digitales a sus empleados, fuera de la jornada de trabajo”, con la finalidad de reconocer el Derecho a la Privacidad y cuidar la salud mental de las personas orilladas al home office.
Con esa propuesta, vista desde una visión de salud pública, se prevé incluir en la Carta Magna local que “toda persona que desempeñe una ocupación temporal o permanente, asalariada o no, tendrá derecho a ejercer un trabajo digno, y por ende, deberá tener garantizada la desconexión digital laboral”.
Pero la reforma al Artículo 311 y la adición del Capítulo XII Bis de la LFT en materia de teletrabajo, aprobada en diciembre de 2020 por ambas cámaras del Congreso de la Unión y que ya entró en vigor, es la que establece como obligación de los patrones respetar el derecho a la desconexión de los trabajadores al término de la jornada laboral, además del derecho a la intimidad. Sin embargo, las condiciones del teletrabajo deben establecerse en un convenio pactado por las partes, y aún falta que la Secretaría del Trabajo establezca la Norma Oficial Mexicana (NOM) que regule aspectos de seguridad y salud en esta modalidad.
En Europa, el Parlamento está impulsando la regulación de un derecho a la desconexión digital como un derecho fundamental de la Unión Europea, pero desde 2016 Francia fue el primer país en reconocerlo y en España se incluye en la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales de 2018.
En México no había pasado por la cabeza de nadie hasta la pandemia. Y las dificultades que han tenido muchas empresas para que sus colaboradores trabajen de manera remota se reflejan en horarios extendidos, falta de equipamiento y hasta límites difusos entre la vida laboral y privada, sobre todo en la carga de responsabilidades para las mujeres.
Es por ello que ahora, según datos de una encuesta realizada por OCCMundial en noviembre pasado, seis de cada 10 mexicanos consideran que el derecho a la desconexión digital es el principal beneficio que deberán ofrecer las empresas en México como parte de su salario emocional para motivar a sus trabajadores, aunque el derecho a la desconexión brinda beneficios no sólo a los trabajadores sino también a las empresas, porque les permite ser más productivas y resilientes ante cualquier cambio que impacte su operatividad.
De acuerdo con el estudio “El futuro del trabajo en América Latina” de Runa, el 63 por ciento de las empresas de la región detectaron algún riesgo psicosocial para sus trabajadores durante el home office, como cargas de trabajo excesivas, comunicación ineficaz y falta de claridad en las funciones.
“La premura ocasionada por la pandemia ha sido un factor para que esta forma de trabajo no se aplique de la forma más eficiente, amigable y humana; es decir, bajo una dinámica que cumpla con los objetivos de la organización, sin transgredir las necesidades y la vida privada de sus colaboradores”, advierte la firma dedicada a la gestión de recursos humanos.
Por ello, para Andrea Rojas, Head de Recursos Humanos en Runa, el home office requiere de una limitante que se da a través del derecho a la desconexión, y la reforma a la Ley Federal de Trabajo sin duda tendrá un impacto positivo para ambas partes. “Es una guía para que las empresas generen esquemas amigables y funcionales”.
C$T-GM