El 60 por ciento de los delitos de violación a la intimidad sexual de las mujeres perpetrados en medios digitales que son denunciados ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México y donde no se conoce al agresor, no pueden ser probados porque el “Imperio Digital”, es decir, las empresas como Facebook, X, Instagram o TikTok, no aportan pruebas de nexos causales de estos hechos y “todavía no hay instrumentos que las obliguen a coadyuvar con la procuración y administración de justicia”.
En ese sentido, hacen falta instrumentos internacionales que obliguen a las empresas a dar las pruebas y ayudar en la persecución de la justicia cuando las mujeres sufren violaciones a su intimidad sexual en el ámbito digital, denunció Olimpia Coral Melo Cruz, activista digital que promovió las reformas al Código Penal y la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que permiten ahora tipificar estas conductas como delitos.
Al participar en la presentación del “Informe global sobre el estado del stalkerware” de la compañía Kaspersky, la activista se congratuló de haber sido invitada por una empresa tecnológica para trabajar en conjunto, porque en general las grandes tecnológicas, a las que insistió en llamar el “imperio digital”, no pueden ser obligadas a entregar pruebas que permitan identificar a los agresores cuando los delitos se cometan, por ejemplo, desde un perfil falso o por parte de un bot.
En ese sentido, aseguró que “todavía el imperio digital nos debe muchísimo a las mujeres”, y por eso en este mismo año “presentaremos un informe titulado ´De qué ha servido la Ley Olimpia´ donde daremos estos datos a detalle con las denuncias públicas porque la justicia todavía no ha llegado”.
Señaló que la propuesta es generar algún tipo de tratado internacional de colaboración, para que las empresas tecnológicas en México –y en cualquier país donde se reconozca la violencia digital y la violación a la intimidad sexual digital como delitos—se vean obligadas a ayudar en la procuración de justicia y se logre identificar fácilmente a los agresores, aunque se escondan tras el anonimato.
Y es que, “si se aprobara en todo el mundo, tuviéramos los mejores elementos de seguridad digital, a los peritos más capacitados, los mejores procesos en el Ministerio Público; así no nos revictimizaran, que el Estado y la sociedad hicieran su trabajo, si la iniciativa privada no lo hace, no tendremos los elementos de prueba necesarios para castigar estos delitos”.
En el caso del stalkerware, que consiste en la instalación de algún software malicioso en el celular de la víctima para espiar todas las actividades que realiza en su dispositivo sin que ella lo sepa, dijo que se trata de un tipo de acoso que se ha dado en muchos casos de mujeres que ni siquiera estuvieron enteradas, hasta que se publicaron fotos o información sensible.
Normalmente los autores son personas cercanas (parejas o exparejas), que quizá no difundan en principio las fotos o la información, pero sin duda es una forma de violencia digital que daña la privacidad, la seguridad y los derechos humanos de cuarta generación de las víctimas.
En ese sentido, Olimpia Coral Melo, lamentó que hasta ahora, en general la visión de las víctimas no ha sido tomada en cuenta por quienes hacen leyes, aunque se hayan logrado los cambios legislativos que se conocen como la Ley Olimpia.
Explicó que desde la organización Defensoras Digitales, se propone para las víctimas un proceso en cuatro pasos: contención emocional; contención digital (que incluye guardar y clasificar las pruebas); contención jurídica (denuncia ante el MP); y contención comunitaria que en el caso de esta organización, pone a disposición de las víctimas a través del programa Sanando Juntas.
Respecto a la responsabilidad de las empresas tecnológicas en las investigaciones sobre denuncias de delitos y el cuidado de los datos personales de los usuarios, la doctora en derecho Gisela María Pérez Fuentes, en su libro “Violencia digital y fake news: un atentado a la dignidad de la persona”, indica que “las plataformas digitales operan en la más completa opacidad y sin rendir cuentas ni a los usuarios ni a los Estados”, porque tratan a las personas como clientes, en lugar de como sujetos de derecho.
C$T-GM