Lamentable el corte de apoyo federal para formar técnicos indígenas.
Aunado al riesgo que implicará una eventual fuga de datos biométricos o la invasión a la privacidad, entre otros temas de los que han advertido expertos, el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) compromete la comunicación de pueblos indígenas y rurales que manejan su propia red de telefonía celular comunitaria y que tendrán que cumplir con esa medida.
Telecomunicaciones Indígenas Comunitarias (TIC), A.C., logró en 2016 la primera concesión social indígena en México para administrar y operar redes de telecomunicaciones y radiodifusión autónomas, entre ellas, la telefonía celular comunitaria, y que tiene presencia en comunidades de Oaxaca, Guerrero y Puebla.
El esquema permite hacer efectivo el derecho de los pueblos indígenas a adquirir, administrar y operar sus medios de comunicación, pero a diferencia de la telefonía comercial, la comunidad es la titular de la concesión y es la que se encarga de operar y administrar la infraestructura de su red local celular.
“En TIC cada red es operada por la propia comunidad, entonces cada comunidad tendría que tener al alcance sistemas para recabar los biométricos y además de tener estas bases de datos ahí compartidas con la policía esto encarecería muchísimo los servicios”, advirtió Erick Huerta, coordinador general adjunto de Redes por la Diversidad y Sustentabilidad, A.C.
Para Telecomunicaciones Indígenas Comunitarias (TIC), A.C. además de las violaciones que implica el padrón de celulares para la privacidad y de la presunción de criminalidad, representa dificultades técnicas y “una imposibilidad económica” para los administradores de redes en zonas rurales.
En entrevista para ConsumoTIC, destacó que por ello con apoyo de la La Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) presentaron un amparo contra el PANAUT, como lo hicieron también cientos de ciudadanos, Organizaciones no Gubernamentales (ONG) e incluso legisladores federales.
En cuanto a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que confirmó la sentencia a favor de la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias (AMDA) para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) recobre sus atribuciones para defender los derechos de las audiencias, Huerta ve en esta decisión la posibilidad de tener un marco jurídico para la pluralidad cultural y lingüística en los medios de comunicación.
La devolución de facultades al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en materia de derechos de las audiencias, “permite no dejar a criterio de las televisoras y radiodifusoras el cumplimiento de una obligación constitucional de, entre otros derechos de las audiencias, el de pluralidad”.
“Hay que ver cómo van apareciendo estos derechos. Todavía no tenemos unos derechos en materia de pluralidad, pero uno de los derechos fundamentales de las audiencias aunque no fue ejecutado, no fue establecido en los lineamientos anteriores, pero que existe es el de acceder a una televisión plural, en donde se refleje la pluralidad cultural y lingüística de la nación mexicana”.
Por otra parte, lamentó que pese a que en Redes A.C, una de las socias de TIC está realizando desarrollo científico y tecnológico ahora no cuente con apoyos federales para continuar su labor de formación de técnicos indígenas e impulso de proyectos para las propias comunidades a través del Centro de Investigación en Tecnologías y Saberes Comunitarios (Citsac).
El coordinador de estos proyectos, miembro de Redes A.C. es quien tiene el registro en el Sistema Nacional de Investigadores (SNI) y al que le negaron el estímulo que le corresponde del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), con el argumento de que no se firmarán nuevos convenios si no es con universidades públicas.
“Eso es una barrera que nos impide participar por igual en la atracción de talentos de investigadores, porque a pesar de que podemos gozar del estímulo del SNI no tenemos acceso, simplemente por una arbitrariedad”.
C$T-GM