AMDA salvó la autonomía del IFT en materia de audiencias.
En la sentencia ratificada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), no hay más sanciones, ni suspensión precautoria de contenidos, y mucho menos una «Ley Mordaza» que tenga como propósito coartar la libertad de expresión, como algunos medios de comunicación e incluso periodistas han señalado tratando de confundir a las audiencias, coincidieron especialistas.
«La existencia de una censura o Ley Mordaza es uno de los aspectos con los que más han querido confundir los radiodifusores, hay que decirlo así, porque el Derecho de las Audiencias es del 95 por ciento de la población que escuchamos radio o vemos televisión y por lo tanto uno de los derechos más omni abarcantes que existen en nuestro marco jurídico, todos somos audiencias, incluso los radiodifusores, comunicadores y periodistas», afirmó Jorge Bravo, presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI).
Por eso, dijo, llama la atención que sean algunos periodistas y comunicadores de algunos medios electrónicos, de radiodifusoras estatales, de televisoras nacionales quienes aseguren que la sentencia emitida genera una especie de censura, «lo cual es absolutamente falso».
Recordó que los legisladores que aprobaron la reforma de Telecomunicaciones y Radiodifusión en 2013, donde se reconocieron los derechos de las audiencias (artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión) que se enumeraron en 10 fracciones, fueron los mismos que hicieron una contrarreforma en 2017 y “echaron atrás varios derechos de las audiencias”, pero que ahora con una sentencia de la Suprema Corte ya no es posible ampararse.
Tras recordar que también desde la misma presidencia de la República en el sexenio pasado se respaldó esa contrarreforma y que el órgano regulador «no hizo nada», resultó lamentable pues el juez que hoy le da la razón a la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias (AMDA) y que interpuso el amparo señaló varios de los derechos que fueron vulnerados.
«Dice que se vulneraron derechos, se suprimieron obligaciones, se eliminaron derechos previamente reconocidos en la Constitución, se afectó la certeza jurídica y seguridad que debemos tener las audiencias; con la sentencia que se ganó pues serán restituidos los derechos de las audiencias.»
Conviene tener presente que con su amparo, la AMDA ayudó a restituir las atribuciones y salvó la autonomía del IFT por lo menos en materia de audiencias. Hoy los radiodifusores por desconocer la sentencia, están muy confundidos, no deberían tener temor alguno, pues no existe censura ni «ley mordaza», pues la fracción III del artículo 256 que los obligaba a diferenciar lo que es noticia, de lo que es opinión, quedó derogado.
En el conversatorio organizado por Casa del Archivo del estado de Colima, se destacó que además de las falsedades difundidas sobre los efectos que tendrá la sentencia ratificada por la Suprema Corte, también se acusa injerencia del Estado, cuando este tema es un asunto que tiene detrás varios años de esfuerzos, y donde han participado órganos representantes de la sociedad civil.
De acuerdo con la sentencia dictada por un juez de distrito ratificada por la Segunda Sala de la Suprema Corte, una vez que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) determine el inicio de la vigencia de los lineamientos o emita nuevos, los concesionarios de la radiodifusión estarán obligados a someter sus códigos de ética a la convalidación o revisión del regulador.
María Teresa Velázquez, presidenta de la red de radiodifusoras y televisoras educativas y culturales de México, consideró que una de las obligaciones más importante que tienen los medios públicos es «no mentir a las audiencias» por lo que es importante pugnar por establecer códigos de ética con derechos acordes a la nueva realidad de México, en los que incluso participen las audiencias si el IFT opta por emitir nuevos lineamientos.
“Los concesionarios necesitan entender qué son los derechos de las audiencias, que son personas que además interactúan mucho, que son seres humanos, no son robots que compran, no son gente a la que les subes el volumen para que el comercial sea estridente y compre algo, creo que falta entender mucho la dignidad como seres humanos de las audiencias”.
Respecto a los señalamientos de que quienes participaron en el amparo de la AMDA son ahora simpatizantes del gobierno en turno, Lenin Martell, quien fue uno de los impulsores de este recurso, aclaró que Beatriz Solís, Gabriel Sosa y Adriana Solórzano, que lo acompañaron a interponer el amparo trabajaban de acuerdo a sus convicciones en defensa de las audiencias, con referencias importantes de pedagogos sociales y activistas en los medios de comunicación.
“No sabían que iban a ser invitados para trabajar en un medio público. Ellos entraron a trabajar ahí porque conocen del tema, porque son unos profesionales de los medios de comunicación y porque estaban convencidos de que había que democratizar estos medios de comunicación. No fueron ni por un puesto, no fueron por un salario y no son parte de la la 4T como se ha dicho, como se ha difamado”.
Explicó que entre quienes participaron en la defensa de las audiencias no existía el interés de ser captados por la administración pública, pues «somos personas que hemos dedicado gran parte de nuestra vida a defenderlos, desayunamos, comemos, dialogamos y discutimos porque desde tiempos inmemoriales se vulneran estos derechos y no se hacía nada», ese fue el principal motivo que empujó a impedir que una vez más se atentara contra algo que no se aprende en la familia ni en la escuela, que como audiencias todos tenemos derechos.
C$T-EVP