Televisoras deberán informar dos meses antes del cambio
Los Lineamientos Generales para la asignación de Canales Virtuales de Televisión Radiodifundida, que permitirá a los televidentes identificar y acceder a la programación de los nuevos canales que generó la multiprogramación, entrarán en vigor el próximo 27 de octubre.
A partir de esta fecha, «los concesionarios y permisionarios de televisión radiodifundida deberán utilizar de manera permanente, el canal virtual que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) les asigne», precisó el órgano regulador a través de un comunicado.
Explicó que dos meses antes de comenzar a usar el canal virtual, los concesionarios o permisionarios deberán informar a las audiencias de este cambio a través de su programación y en en horarios de mayor audiencia, información que deberán tener vigente durante 30 días.
«Los concesionarios, permisionarios y el IFT realizarán esfuerzos conjuntos para promover que los televidentes reprogramen constantemente sus equipos receptores digitales, como decodificadores y televisores digitales, con la finalidad de que puedan recibir todos los canales que se incorporen a la oferta generada por la multiprogramación y las nuevas señales disponibles en el mercado.
El canal virtual es el número con el que se identifican los canales de Televisión Digital Terrestre (TDT) en el receptor, el cual puede ser distinto al canal de transmisión utilizado para recibir la señal; el objetivo es ordenar su presentación.
Se denomina «canal virtual» porque su identificación puede definirse independientemente de su ubicación física, y está compuesto por un número primario y un número secundario; por ejemplo: 17.1, 17.2, 17.3″.
El objetivo es que la programación de un canal que hoy se sintoniza a nivel nacional, con números distintos en diferentes localidades del país, pueda ser visto bajo un solo número distintivo o primario (canal virtual) en todas las localidades dondetenga cobertura.
La asignación y uso ordenado de los canales virtuales previenen interferencias de recepción y corrigen problemas de identificación, por el uso del mismo número en dos ámbitos geográficos.
Para llevar a cabo este proceso, el IFT tomará en cuenta información programática y/o comercial, y las coberturas de los canales de programación nacional, regional o local, considerando también la identidad del canal de programación (nombre, imagen, logotipos).
Concluida la fase de asignación, el listado de los canales virtuales se publicará en el portal web del instituto: www.ift.org.mx.
C$C-GM