Iniciativa a periodo extraordinario.
Para salvaguardar los derechos digitales consagrados en la Constitución, legisladores presentarán reformas al artículo 146 bis de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) a fin de establecer una renta básica digital, con un techo mínimo de bytes que todo concesionario deberá otorgar a cualquier ciudadano en posesión de una terminal.
Esta propuesta está enfocada a prevenir todo intento legislativo de poner fin a la neutralidad de la red en México, similar a lo aprobado por la FCC en Estados Unidos, nulificando el enfoque regulatorio de la era Obama que blindaba el acceso igualitario a internet.
José Clemente Castañeda, de la comisión de Comunicaciones de la Cámara de Diputados, señaló que en las reformas que se presentarán para expedir los lineamientos de Neutralidad de la Red, se incluye también un catálogo de prácticas que son contrarias al libre acceso a internet para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) las supervise y sancione en caso de contravenir la ley.
Esta iniciativa contempla dar garantía al artículo Vl Constitucional tomando en cuenta el principio de progresividad y consagrándolo operativamente a través de una renta básica digital que proporcione servicios mínimos parecidos a los que ya otorgan los concesionarios, pero no desde una visión que privilegie determinadas plataformas mercantiles por sobre otras opciones”.
En opinión del legislador con esta iniciativa, no sólo se garantizará un techo mínimo de servicios de internet mesurado en bytes, sino que se facultará al IFT vigilar que dichos servicios gratuitos no violen los principios de neutralidad de la red.
Clemente Castañeda informó que la iniciativa será presentada en el período extraordinario de sesiones que inicia en febrero de 2018 para evitar que la reforma en la materia aprobada en Estados Unidos “contamine nuestros principios básicos de libre acceso a internet como herramienta tecnológica de acceso a la comunicación y el conocimiento”.
El servicio de renta básica deberá garantizar que el usuario promedio esté en posibilidades de acceder a los bytes necesarios para garantizar su derecho a la información, su participación en la vida pública a través de las plataformas digitales y las comunicaciones personales mínimamente necesarias”.
A efecto de dar garantía operativa al derecho de renta básica, el IFT establecerá los lineamientos en materia de interoperatividad e interconexión de las redes públicas de telecomunicaciones y de coordinación con los concesionarios, de acuerdo a modificaciones propuestas al artículo 51 de la LFTR.
Entre las acciones que en el catálogo de prácticas se consideran contrarias a la neutralidad de la red, están: ofrecer acceso preferencial a algunas aplicaciones de internet, práctica comercial que se conoce como “zero-rating”, discriminar el acceso a contenidos o bloquear, interferir, entorpecer o restringir el derecho de cualquier usuario para enviar o recibir cualquier información o contenido.
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