Toda vez que un número reducido de estaciones comunitarias e indígenas ha recibido el 1.0 por ciento de los montos de comunicación social y publicidad que dispone la ley, Javier Juárez Mojica, presidente del IFT exhortó a los entes públicos federales, entidades federativas, municipios, órganos autónomos y cualquier otra dependencia o entidad de carácter público a cumplir con este mandato.
“Los entes públicos deben ser los primeros en observar las obligaciones que derivan del marco normativo. Su cumplimiento siempre impactará positivamente a la sociedad y, en lo particular, con el destino de recursos económicos de sus presupuestos para la contratación y difusión de publicidad gubernamental de los medios indígenas y comunitarios se promueve su otorgamiento, operación y subsistencia para coadyuvar, enriquecer y preservar sus tradiciones, sus lenguas, conocimientos y demás elementos que representan su cultura e identidad”.
En el exhorto firmado por el presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), se lee que de las concesiones para uso comunitario e indígena que han sido otorgadas, sólo un número reducido ha recibido los recursos públicos que dispone la ley.
“De forma que la medida no ha alcanzado su potencial como mecanismo promotor de la radiodifusión indígena y comunitaria. Su aplicación efectiva es clave para contribuir a la sostenibilidad y consolidación de estas concesiones y así lograr un sistema mediático más plural e incluyente que responda a las exigencias de una ciudadanía informada y participativa en los asuntos públicos”.
En 2013, la reforma en materia de telecomunicaciones y radiodifusión atendió un llamado histórico para tener medios de comunicación plurales y diversos, cuyo fin es satisfacer necesidades de comunicación propias de comunidades, pueblos indígenas y afrodescendientes, entre otros sectores.
El reconocimiento de concesiones para uso social indígena y comunitaria, hace efectivo el derecho de los pueblos y las comunidades a contar con sus propios medios de comunicación, para promover la equidad, la integración y combatir la exclusión, marginación y desigualdad.
Es así que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece que las fuentes por las cuales los concesionarios de radios comunitarias e indígenas pueden obtener ingresos económicos para sostener sus estaciones y contar con mejores condiciones para la prestación del servicio.
Entre las opciones de financiamiento se encuentra la venta de publicidad a entes públicos federales, entidades federativas y municipios. Los entes públicos federales, destinarán equitativamente el 1.0 por ciento del monto para servicios de comunicación social y publicidad a la concesiones de uso social comunitaria e indígena del país.
Complementariamente, la ley indica que las entidades federativas y municipios podrán autorizar hasta el 1.0 por ciento del monto para servicios de comunicación social y publicidad, de conformidad con sus respectivos presupuestos, al conjunto de estaciones de radio y televisión para uso comunitario e indígenas en todo el país.
En este contexto, el IFT puso a disposición de las entidades e instituciones, el listado de las concesiones de uso social comunitario e indígena en operación a la fecha, las cuales son susceptibles de recibir el 1.0 por ciento del monto para servicios de comunicación social y publicidad gubernamental.
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