Detectan también implementación parcial en varios segmentos.
A cuatro años de la aprobación de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), se registra un avance sustancial en el cumplimiento de las principales medidas previstas; sin embargo, aún falta camino por recorrer y disposiciones prioritarias por implementar a cabalidad.
De acuerdo con el Semáforo de Cumplimiento e Implementación Regulatoria de la LFTR, elaborado por The CIU, la eliminación del cobro por Larga Distancia Nacional, disposiciones sobre saldos de usuarios de prepago, trámites de portabilidad expeditos, o las obligaciones Must-Carry y Must-Offer son ejemplo de medidas implementadas y verificadas efectivamente por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
«Por su parte, acontecimientos como la recientemente publicada Política en materia Satelital del Gobierno Federal por parte de la Secretaría de Telecomunicaciones y Transportes son muestra de la observancia interinstitucional de la Ley».
Sin embargo, la firma consultora destaca que el potencial por alcanzar que tiene la LFTR en términos de gestación de competencia efectiva, promoción universal del acceso a servicios de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) o reducción de precios.
En el ámbito sectorial, refiere, se observa el establecimiento y ejecución de sanciones por parte del IFT, sin embargo, han surgido cuestionamientos respecto a la proporcionalidad de las misma con respecto a la gravedad de las faltas y el poder de mercado de los actores involucrados.
«En el caso de estándares mínimos de calidad, el IFT ya ha publicado lineamientos para servicios móviles, pero aún no se ha concluido el proceso respectivo para los servicios de banda ancha, cuyo anteproyecto apunta a hitos de velocidad que podrían desincentivar en el corto plazo y mediano plazo la oferta de anchos de banda superiores a los que actualmente se obtienen en el país».
Adicional a esto, los especialistas de The CIU señalan que el Instituto aún registra un avance parcial en lo relacionado a investigaciones de poder sustancial de mercado, pues sólo se ha concretado en la correspondiente al mercado de Audio y Video Asociados.

«Las medidas de Preponderancia en Telecomunicaciones, cuyo fin es coadyuvar a la gestación de un escenario de competencia en el sector mediante la imposición de obligaciones específicas de rebalanceo de condiciones de mercado, se encuentran también en un estadio de implementación parcial».
Para The CIU, la desagregación de la red local dista de ser efectiva, pues ha permitido una muy acotada cantidad de acuerdos de acceso a competidores; una problemática que ha sido reconocida por el propio IFT en su revisión bienal de preponderancia, en la cual es señaló la etapa incipiente de implementación de servicios de acceso a la red local del Agente Económico Preponderante (AEP) y por lo cual le impuso una Separación Funcional.
«En cuanto a determinación de tarifas de interconexión, se ha cumplido parcialmente la obligación de asimetría. Ello derivado de que, si bien el IFT ha impuesto un nivel de asimetría entre las tarifas que pagan los operadores competidores al AEP, aquellas que este último debe pagar a los primeros resultaron ser homogéneas, a pesar de que la obligación que impone la LFTR al IFT debe tomar en consideración la participación de mercado de cada operador».
En materia de espectro radioeléctrico como insumo esencial para la prestación de servicios móviles, se advierte un cumplimiento parcial de la responsabilidad de administración que la LFTR confiere al IFT, donde se le obliga a guiar su política espectral en beneficio de la competencia efectiva.
«Ello como resultado de la ventaja competitiva obtenida por el AEP con respecto a sus competidores derivado de la decisión del IFT de autorizarle la adquisición de espectro en la banda de 2.5 MHz en 2017, a la cual sus competidores no podrán tener acceso hasta finales de 2018».
Ante la necesidad de adecuar el marco normativo aplicable al sector convergente de telecomunicaciones y radiodifusión en el país tras la publicación en 2013 de la Reforma Constitucional en Materia de Telecomunicaciones y Competencia Económica, el 8 de julio de 2014 el Congreso de la Unión aprobó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).
«La implementación de una diversidad de medidas previstas en la LFTR resultó un habilitador de la transformación que ha registrado la industria en el país, sin embargo, a cuatro años de vida, las disposiciones regulatorias que la conforman aún no han logrado ser cumplidas en su totalidad y, en algunos casos, incluso han sido revertidas».
C$T-GM