Este martes concluye el plazo para participar en las consultas públicas que servirá para la elaboración de dos guías del sector de Telecomunicaciones y Radiodifusión, una relativa al procedimiento a seguir ante prácticas monopólicas y concentraciones ilícitas, y otra que sumará ideas a los criterios que adoptará el regulador en la determinación de multas en materia de competencia económica.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) dio a conocer ambos anteproyectos el 22 de junio pasado, con el fin de transparentar su proceso de elaboración de nuevas regulaciones; con las opiniones recabadas se elaborará un informe que se hará público conforme a lo establecido en el artículo 138, fracción II, de la Ley Federal de Competencia Económica.
Uno es el “Anteproyecto de Guía para tramitar el procedimiento seguido en forma de juicio por la comisión de prácticas monopólicas y concentraciones ilícitas en los sectores de Telecomunicaciones y Radiodifusión”.
La guía que se propone, abundó el IFT, debe considerarse como un marco de orientación para los agentes económicos y al público general, sobre las etapas que el instituto desahoga en el trámite del procedimiento seguido en forma de juicio ante prácticas monopólicas y concentraciones ilícitas.
Con este anteproyecto se establecerá el marco orientativo para identificar las etapas procesales, plazos y actuaciones que realiza el Instituto a través de la Unidad de Competencia Económica, en su calidad de órgano encargado de la instrucción del procedimiento seguido en forma de juicio.
Asimismo, favorecerá que los Agentes Económicos sujetos al procedimiento seguido en forma de juicio conozcan de manera sencilla y transparente la tramitación del expediente; se explica en un solo documento las disposiciones que son susceptibles de aplicarse durante la secuela de este proceso.
Es decir, se tiene como objetivos orientar y describir de manera sencilla y transparente la tramitación del procedimiento, explicar las etapas procesales, plazos y actuaciones, así como divulgar algunos de los criterios judiciales más relevantes que aplican a sus etapas procesales.
En tanto, el “Anteproyecto de Guía para la determinación de multas en materia de competencia económica en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión”, tiene como fin orientar sobre los criterios que podrá adoptar el IFT en este tema, además de contribuir a que sean transparentes y consistentes.
Asimismo, el instituto destacó que se pretende dar certidumbre a los Agentes Económicos sobre el ejercicio de sus atribuciones como autoridad en materia de competencia económica y como órgano regulador en los sectores de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
En particular, para determinar el monto de la multa, la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) establece elementos que se deberán considerar, tales como tipo de práctica sancionada o información disponible sobre ingresos.
También aquellos criterios para determinar la gravedad de la infracción como daño causado, indicios de intencionalidad, participación del infractor en los mercados o tamaño del mercado afectado, duración de la práctica o concentración, capacidad económica del infractor, la afectación al ejercicio de las atribuciones del Instituto, y en su caso, la reincidencia.
El IFT refirió que en diversas resoluciones, el Poder Judicial de la Federación (PJF) ha determinado que el instituto debe analizar las circunstancias particulares de cada caso, por lo que no debe aplicar y analizar rígidamente los elementos previstos en el artículo 130 de la LFCE, sino que debe fundamentar y motivar debidamente su aplicación para arribar a la decisión final.
De ahí que, en el anteproyecto explica que los elementos referidos son enunciativos y no limitativos, por lo que el instituto podrá considerar otros factores necesarios para determinar el monto de la multa impuesta, siempre y cuando no exceda los límites máximos establecidos en la LFCE.
Desde la Reforma constitucional a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión de 2013, se le atribuyó al IFT la autoridad de regulación, promoción y supervisión de la prestación de los servicios de estos sectores.
El órgano autónomo está encargado de determinar la existencia de Agentes Económicos Preponderantes en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, así como la imposición de medidas para evitar que se afecte la competencia y libre concurrencia en beneficio de los usuarios finales.
C$T-GM