El preponderante presentó por anticipado su propuesta.
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó los estatutos sociales finales de las empresas mayoristas resultantes de la implementación de la separación funcional de Telmex-Telnor, el cual contempla que estas unidades cuenten con órganos de decisión, administración y gobierno corporativo o equivalentes independientes de los integrantes del Agente Económico Preponderante (AEP) que cuenten con títulos de concesión en materia de telecomunicaciones.
«Los estatutos sociales finales aprobados por el Pleno señalan, entre otros elementos, el objeto social de las empresas mayoristas, las actividades asociadas al mismo, así como la obligación de notificar al Instituto cualquier modificación a las escrituras constitutivas de las sociedades», detalló el órgano regulador.
Asimismo, el documento establece la constitución y reglas de funcionamiento de un Consejo de Administración Independiente, el cual deberá conformarse por al menos siete consejeros, de los cuales cuatro, incluido el presidente, serán independientes del AEP; que deberán ser seleccionados con base en criterios específicos.
El Consejo de Administración deberá apoyarse en un Comité de Auditoría y en un Comité de Cumplimiento Regulatorio, mientras que la Sociedad contará con el apoyo de un Auditor Externo.
Para el caso exclusivo de UMNOR, empresa mayorista resultante de Telnor, los estatutos sociales finales establecen, además, que el ejercicio de sus facultades deberán estar en concordancia con las decisiones adoptadas por la Asamblea de Accionistas y los órganos de gobierno corporativo de UMT, así como la posibilidad de que el gobierno corporativo de la sociedad pueda quedar a cargo de las mismas personas que hayan sido designadas al efecto en UMT, empresa resultante de Telmex.
En junio de 2018, Telmex y Telnor constituyeron las empresas mayoristas UMT y UMNOR, respectivamente, como parte del proceso de separación funcional que el IFT ordenó, resultado de la revisión bienal sobre la efectividad de la regulación asimétrica impuesta al AEP.
Desde entonces, ambas firmas se han regido por los estatutos sociales constitutivos, aprobados por el Instituto el 20 de junio de 2018; sin embargo, a más tardar en 2020, cuando concluirá el periodo de transición de la separación funcional, las empresas mayoristas deberán regirse por reglas de gobierno corporativo que garanticen su independencia operativa y en la toma de decisiones, respecto de los integrantes del AEP que cuenten con títulos de concesión en materia de telecomunicaciones.
Es por ello que, de acuerdo con lo establecido en el Calendario de hitos del Acuerdo de Separación Funcional, aprobado el 27 de febrero de 2018, el AEP debía presentar a más tardar al cierre del cuarto trimestre de 2019, para autorización del Instituto, su propuesta de estatutos sociales finales para UMT y UMNOR. Sin embargo, el AEP presentó de manera anticipada, el 13 de junio de este año, su propuesta de estatutos sociales finales.
«Derivado de los trabajos del Grupo de Transición en el que participan representantes del AEP y del IFT, el agente económico presentó una nueva versión de su propuesta, la cual fue valorada por el regulador, concluyendo que se apega al mandato del Acuerdo de Separación Funcional».
En la misma sesión, el Pleno del Instituto aprobó la propuesta de parámetros del sistema de precios tope de Telmex y Telnor para el periodo 2019-2022, una regulación que busca replicar la disciplina de las fuerzas del mercado para imponer un límite al aumento en los ingresos que los concesionarios pueden obtener por ciertos servicios.
«Mediante un Factor de Ajuste X (o factor de productividad) se busca que las ganancias en eficiencia de las empresas sean trasladadas a los usuarios finales a través de mejores condiciones de precio de los servicios», explicó el IFT.
En cumplimiento de lo establecido en su título de concesión, Telmex presentó el estudio y la propuesta final de parámetros que contempló un incremento tarifario inicial de 0.0 por ciento y un Factor de Ajuste X trimestral de 0.29 por ciento (equivalente a 1.17 por ciento anual), misma que fue valorada por el IFT.
Derivado del análisis realizado por el regulador, se consideró que la propuesta es razonable en virtud de que considera fuentes de información y criterios metodológicos adoptados previamente por el Instituto en la resolución de precios tope para el periodo 2015-2018, y es acorde a la evolución del mercado de telefonía fija del país y de la propia operación de Telmex, y consistente con la tendencia del factor de productividad observada en la experiencia internacional.
«Por lo tanto, los parámetros del sistema de precios tope de Telmex, aprobados por el IFT, fomentarán que los ahorros en costos por parte del concesionario resulten en beneficio de los usuarios finales al topar el incremento posible en precios para los servicios regulados de la canasta básica».
En la misma sesión se aprobó también la modificación a los términos y condiciones de las Ofertas de Referencia de la Desagregación Efectiva de la Red Local de Telmex y de Telnor, aplicable del 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2018, por lo que se refiere a incorporar nuevos perfiles propuestos por el AEP para los servicios de reventa de internet y servicio de acceso indirecto al bucle local.
«Conforme a lo aprobado por el Pleno, las medidas contribuyen a otorgar una nueva opción para la prestación de los diversos servicios definidos dentro de la Oferta de Desagregación vigente, por lo que su incorporación a dicha resolución traería como beneficio una mayor alternativa a los usuarios y diversidad de opciones para los servicios de telecomunicaciones que permitan fomentar condiciones de competencia y libre concurrencia».
C$T-GM