Definen tarifas de interconexión 2019.
Con solo un voto en contra y seis en favor, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó el Programa de Implementación de Separación Contable presentado por Telecomunicaciones de México (Telecomm).
Los concesionarios de redes compartidas mayoristas, como lo es Telecomm, al igual que los agentes económicos preponderantes y los agentes con poder sustancial, están obligados a entregar un programa de implementación, el cual será empleado para la entrega de resultados de su separación contable al 31 de diciembre del presente año.
Al emitir su voto en favor, el comisionado Sóstenes Díaz González aseguró que al tener de forma clara conceptos relacionados con costos de operación, ingresos, inversiones y otros términos asociados a los servicios, el IFT estará en posibilidad de identificar si Telecomm como red compartida mayorista se apega al principio de neutralidad a la competencia prevista en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
El voto en contra presentado por la Comisionada María Elena Estavillo, fue por no identificar un formato o una fuente de información que permita extraer las mediciones unitarias que se requerirían para identificar cualquier trato discriminatorio; que es el objetivo que tienen las medidas asimétricas impuestas, «es su razón de ser».
«Mi posicionamiento sobre este asunto tiene que ver con que no veo esos elementos para que lo podamos extraer de la información que nos van a presentar; claro que después podemos pedir mucha información, pero la forma en que se nos va a presentar no nos va a indicar dónde pudiera haber un posible trato de discriminación», precisó la comisionada.
Sin embargo, se consideró que el Plan de Separación que presentó Telecomunicaciones de México (Telecomm) se apega a los formatos que se establecieron en el acuerdo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 29 de diciembre del 2017.
Durante la sesión del Pleno celebrada el pasado 31 de octubre, el comisionado Javier Juárez Mojica, también emitió un voto en favor de aprobar el programa presentado tras considerar que la Separación Contable cumple con la resolución P/IFT/19122017/914, y que de querer exigir más información, lo que tendría que hacerse sería modificar la resolución.
Por otra parte bajo el numeral III.7 el Pleno del IFT también revisó y aprobó el acuerdo mediante el cual se establecieron las condiciones técnicas mínimas para la interconexión entre concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones, y determinar las tarifas de interconexión resultado de la metodología para el cálculo de costos de interconexión que estarán vigentes del 1 de enero al 31 de diciembre del 2019.
En la reunión se detalló que las tarifas aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre del 2019, se determinan las tarifas aplicables al servicio local fijo del Agente Económico Preponderante en telecomunicaciones, teniendo una tarifa de 0.003151 pesos por minuto de interconexión.
«Con ello se da cumplimiento a la sentencia dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el sentido de determinar la regulación asimétrica relativa a la tarifa de interconexión por la terminación de tráfico en la red fija de Telmex-Telnor, a efecto de que estas entren en vigor a partir del 1 de enero del 2019 y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación en los términos de lo dispuesto en los artículos 137 de la ley».
En el caso del servicio móvil del Agente Económico Preponderante (AEP), la tarifa será para terminación del servicio local en usuarios móviles bajo la modalidad el que llama paga de 0.028313 pesos por minuto de interconexión.
Tratándose de un concesionario de red pública de telecomunicaciones distinto al AEP, las tarifas aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre será por la terminación en usuarios móviles bajo la modalidad el que llama paga de 11 centavos 0.2623 pesos por minuto de interconexión; y para el caso de terminación en usuarios fijos será de 0.003360 pesos por minuto de interconexión.
Cabe mencionar que estas tarifas determinadas fueron de conformidad con la metodología de costeo publicada el 18 de diciembre del 2014, y que el anteproyecto de condiciones técnicas mínimas y tarifas del 2019 se sometió a un proceso de consulta pública del 24 de agosto del 2018 al 20 de septiembre del presente año en términos del Artículo 51 de la ley.
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