Operan con jueces ah doc, asegura legislador de Morena.
Bajo el argumento de que en legislaturas anteriores se crearon tribunales para “proteger intereses privados y no sociales”, el senador Eduardo Ramírez, presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, anunció que prepara una iniciativa de ley para que no haya juzgados “especiales” en materia de Telecomunicaciones.
“En las legislaturas pasadas se llevó a cabo una reforma para que algunos juzgados pudieran conocer en materia de telecomunicaciones… No puede haber tribunales especiales. Por eso estoy preparando una iniciativa para quitar esa protección a ciertos jueces, que evidentemente corresponden a intereses privados y no a intereses sociales”, señaló el legislador del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
Aseguró que la iniciativa que prepara tiene como objetivo que “existan tribunales parejos, donde sean de competencia y no de cuotas judiciales” que solo buscan proteger intereses privados. “La estoy preparando porque prácticamente llegan a un solo juzgado todos los amparos y no puede ser en esta materia”.
Al ser cuestionado sobre los amparos promovidos en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), explicó que las especialidades en los juzgados existen en diferentes partes de la República Mexicana, pero en el caso de los tribunales especializados “como que se prepararon, por si en el futuro se hacían reformas que perjudicarán los intereses privados, con jueces ad hoc”.
En 2013, la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y radiodifusión permitió la creación de Tribunales Especializados para evitar que las decisiones de los nuevos órganos autónomos, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), no pudieran ser objeto de la suspensión del acto reclamado (recurso de revisión o reconsideración), lo que existía en forma cotidiana con las decisiones que adoptaban la Cofeco y la Cofetel.
El amparo indirecto fue la opción para imponer una restricción de enorme peso incorporada en la reforma, con lo cual quedó inexistente la posibilidad de solicitar la suspensión del acto reclamado, así como el exceso o abuso de litigios que se interpusieron en forma recurrente y que estancó muchas de las decisiones que emprendieron las autoridades reguladoras.
Al tratarse de órganos y jueces especializados, la reforma prevé que los asuntos pueden resolverse en plazos mucho más cortos, lo que ayuda a compensar la ausencia de la suspensión que aplicaba con la anterior figura del amparo directo.
C$T-EVP