Cambios serán obligatorios en la Administración Pública.
A partir de este martes 24 de julio entrará en vigor el Acuerdo mediante el cual la Secretaría de la Función Pública (SFP) modificó las políticas y disposiciones para la Estrategia Digital Nacional (EDN) en materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) y en la de Seguridad de la Información, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en dichas materias.
Las nuevas disposiciones, señala el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), serán de observancia obligatoria en la Administración Pública Federal y en la Procuraduría General de la República (PGR).
Los cambios realizados a las políticas y disposiciones publicadas el 8 de mayo de 2014 y reformadas el 6 de febrero de 2016, toman en consideración la importancia de seguir consolidando el desarrollo de las TIC en el gobierno federal, así como en atención a la necesidad de eficientar y digitalizar los procesos conforme a las prioridades que en materia de austeridad y eficiencia presupuestal se han establecido.
Asimismo, el documento toma en cuenta que las tecnologías emergentes como el Internet de las Cosas (IoT), la Inteligencia Artificial (IA), la robótica, el uso de tecnologías criptográficas basadas en redes de bloques distribuidos (blockchain), el poder de análisis de la computación cuántica, entre otras, ofrecen la posibilidad de acelerar el proceso de transformación digital.
Esto, significa grandes beneficios para el gobierno y la población, volviendo indispensable la incorporación de dichas tecnologías en los procesos al interior del gobierno y en la prestación de servicios a la ciudadanía.
«Para el uso y aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones se requiere de una activa participación de diferentes actores (academia, organismos internacionales, industria, sociedad civil, ciudadanía, entre otros) en proyectos encaminados a generar casos e innovaciones en el de uso de nuevas tecnologías».
Entre las disposiciones modificadas, se encuentra la relacionada con el artículo 4 TER que señala que las instituciones cuyos sitios se encuentren en proceso de migración al portal www.gob.mx, deberán publicar los términos de libre uso de datos bajo los cuales se indique al público usuario las actividades y las condiciones que pueden aplicar respecto de los datos ahí contenidos.
Además, en el artículo 6 se establece que las instituciones presentarán a la Unidad de Gobierno Digital de la SFP, a través de la Herramienta de Gestión de la Política TIC, durante el mes de octubre de cada año, la Cartera Ejecutiva de Proyectos de TIC del año siguiente que deberá de quedar comprendida en un solo paquete.
«Para conformar el PETIC deberán identificar como máximo 7 Proyectos de TIC como estratégicos, considerando como criterios para su identificación, aquellos que aporten mayores beneficios a la población o cuenten con alto impacto en el cumplimiento de los objetivos institucionales, de la EDN, del Programa y del Decreto».
Durante la vigencia de dicha Cartera, se podrán realizar las actualizaciones que se consideren pertinentes, mismas que deberán de hacerse del conocimiento de la Unidad para su seguimiento a través de los mecanismos que para ello sean habilitados a través de la Herramienta de Gestión de la Política TIC.
«Las instituciones contarán con 18 meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo para dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 7», señala el segundo transitorio del Acuerdo publicado.
C$T-GM