En México se han identificado alrededor de 25 conductas asociadas a la violencia digital contra las mujeres, que incluyen pornografía por venganza, voyerismo digital, suplantación de identidad, acoso cibernético y trata de mujeres y niñas para explotación sexual, entre otras, mientras que la ley sólo reconoce un tipo de estos delitos y únicamente ofrece a las afectadas, la alternativa de solucionar esta clase de problemas por la vía penal, sin considerar medidas de prevención, atención, sanción, o reparación integral del daño.
Este enfoque punitivo del problema, se queda muy corto respecto a la realidad, donde hay infinidad de conductas que constituyen violencia sociodigital y, en parte debido a ello, el índice de impunidad de esta clase de condutas se eleva por arriba del 90 por ciento, advirtió Aimée Vega Montiel, investigadora de tiempo completo del Centro de Investigaciones Interdisciplinarios de Ciencias y Humanidades de la UNAM.
Tan sólo para poner en perspectiva el tema, advirtió, que de acuerdo con el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidios, en el primer año de la pandemia, en México se incrementó de manera desproporcionada la desaparición de niñas y adolescentes que fueron contactadas a través de redes sociodigitales.
En el ámbito digital, explicó, quienes han estudiado el tema identifican al menos 25 tipos de violencia como la sextorsión (extorsión sexualizada), pornografía por venganza, voyerismo digital, suplantación de identidad, acoso cibernético, piratería, hackeo, amenazas de violencia, recepción no solicitada de materiales sexuales explícitos, moving, publicación de información de la víctima y trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual vía su reclutamiento a través de redes sociodigitales, entre otros.
En contraste, “en nuestro país la definición que quedó asentada en la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia solo reconoció un tipo de violencia sociodigital”, lo cual, asociado al hecho de que los marcos legales no corresponden con las “características y necesidades que la atención, prevención y sanción que este problema demanda”, llevan a un panorama donde las mujeres cuentan con pocas herramientas para defenderse.
A ello debemos sumar que con todo el desarrollo propiciado por la Inteligencia Artificial es de suponerse que en estos tiempos electorales veamos incrementada la producción de contenidos deep fakes, es decir, contenidos falsos que superponen la imagen, la identidad de una víctima en especial entre mujeres candidatas, defensoras de derechos humanos y periodistas, sobre imágenes y contenidos de carácter pornográfico, principalmente.
De ahí que Aimée Vega, integrante de la organización Conectadas, advirtió que en el Decálogo de Transformación Digital con Perspectiva de Género, se propone que el Estado mexicano adopte una visión holística del tema; promueva programas de alfabetización digital con enfoque de género, en las escuelas comenzando desde la infancia y garantice recursos económicos, técnicos y de capacitación suficientes a las instituciones de justicia, superando el enfoque estrictamente punitivo que no ha dado resultados.
Además, Conectadas, como organización propone que la próxima legislatura del Congreso de la Unión, reforme el Código Penal y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para darle a esta definición de violencia sociogital un enfoque integral que reconozca por lo menos los tipos más frecuentes de violencia sociodigital, y que también dé alternativas de acceso a la justicia no solo penal, sino civiles y administrativas, para garantizar una mejor atención del problema.
C$T-EVP