De mantenerse vacantes las dos plazas de comisionadas en el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y con la salida de Adolfo Cuevas en febrero de 2022, el Pleno contaría solo con cuatro comisionados en funciones, con lo cual quedaría sin condiciones para realizar tareas sustantivas de regulación, imposibilitado para sancionar prácticas monopólicas o determinar poder sustancial de agentes económicos, entre otros.
La Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), establece que se requiere el voto afirmativo de al menos cinco comisionados para:
1.- En el contexto de procedimientos seguidos conforme al artículo 94 de la LFCE, ordenar medidas para eliminar barreras a la competencia y la libre concurrencia; determinar la existencia y regular el acceso a insumos esenciales, así como ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivos.
2.- Emitir disposiciones regulatorias para el cumplimiento de sus atribuciones.
3.- Publicar disposiciones regulatorias sobre imposición de sanciones, prácticas monopólicas, determinación de poder sustancial para uno o varios agentes económicos, determinación de mercados relevantes, barreras a .la competencia y la libre concurrencia, insumos esenciales, desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos.
4.- Expedir directrices, guías, lineamientos y criterios técnicos sobre concentraciones, investigaciones, beneficios de dispensa y reducción del importe de las multas, suspensión de actos constitutivos de probables prácticas monopólicas o probables concentraciones ilícitas, determinación y otorgamiento de cauciones para suspender la aplicación de medidas cautelares, solicitud de sobreseimiento del proceso penal en los casos a que se refiere el Código Penal en los casos o que se refiere el Código Penal Federal y las otras que resulten necesarias.
5.- Emitir o modificar su estatuto orgánico.
6.- Remover y nombrar al/la titular de la Autoridad Investigadora.
Ante esta situación el Consejo Consultivo del órgano regulador recomendó al actual Pleno, modificar su estatuto orgánico para ajustar el quorum requerido para la adopción de decisiones de este órgano colegiado.
“Este Consejo Consultivo somete a consideración del Pleno del IFT realizar las modificaciones que se estimen pertinentes al artículo 7 del Estatuto Orgánico del IFT, para ajustar la regla que establece que sólo serán válidas las sesiones del Pleno del IFT con la presencia de cuatro comisionados”.
El grupo especializado sugiere realizar dichas modificaciones antes de que el Presidente Comisionado Adolfo Cuevas concluya su encargo, de lo contrario no se podrá cumplir con la votación necesaria para hacerlo.
“En virtud de que el encargo del comisionado presidente interino, Adolfo Cuevas Teja, concluirá en febrero de 2022, en principio, la Cámara de Diputados deberá nombrar un presidente de entre los comisionados. De no acontecer, el presidente interino sería el comisionado Javier Juárez Mojica, al ser el comisionado de mayor antigüedad”.
El Consejo Consultivo refiere que a la fecha continúan vacantes dos plazas de comisionadas, tras el rechazo de nombramientos por parte del Senado, por lo que después de la conclusión del encargo del comisionado Adolfo Cuevas, mientras no existan nuevos nombramientos, el Pleno del IFT estará conformado únicamente por cuatro comisionados.
Lo anterior tendría implicaciones relevantes para el proceso de toma de decisiones del Pleno y consecuentemente para hacer efectivos los principios y derechos previstos en los artículos 2, 6 y 7 de la Constitución.
De acuerdo con el Estatuto Orgánico del IFT, para que el Pleno pueda válidamente tomar decisiones sobre un asunto que conforme a la ley no requiera un quorum calificado, necesita la participación de sólo cuatro comisionados que lo integren.
En ese sentido, en caso de que algún comisionado se excusara o fuera recusado por algún impedimento, la consecuencia sería la invalidez de la votación del asunto en cuestión en virtud de que no se cumpliría con el quorum de al menos cuatro comisionados.
“De esta forma, a partir de la salida del comisionado Cuevas, el retraso en las designaciones de comisionados para llenar los espacios vacantes impedirá la toma decisiones que versen sobre estos asuntos que requieren de un quorum calificado de cinco comisionados”.
En este contexto, el Consejo Consultivo ve con preocupación esta situación y considera relevante hacer notar la importancia de que el titular del Poder Ejecutivo y el Senado completen las designaciones pendientes a la brevedad, por lo que está evaluando emitir un posicionamiento en este sentido.
La recomendación del VI Consejo Consultivo fue aprobada por sus integrantes el 2 de septiembre, sesión en la que también se dio cuenta de los votos particulares de la consejera Salma Jalife Villalón y el consejero Erick Huesca.
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