Derivado de las modificaciones a su título de concesión aprobadas por el IFT, la empresa CFE Telecomunicaciones e Internet para Todos (CFE-TEIT) podrá proveer servicios de conectividad, sin fines de lucro, a personas que se encuentren en zonas de alta marginación y rezago social, bajo ciertas restricciones.
Al dar respuesta a la solicitud presentada por CFE-TEIT, el regulador determinó que los servicios que el concesionario otorga pueden ser prestados a personas que sean parte de programas sociales no universales y dirigidos a grupos económicamente en desventaja, siempre que esto se realice conforme a programas y estrategias de inclusión digital universal y condicionado a que no rebasen el límite de 4 millones 242 mil 850 personas.
“Con dichas condiciones impuestas por el IFT, se garantiza que CFE-TEIT provea los servicios a personas que no cuentan con recursos económicos para adquirirlos y no son parte de la demanda atendida por el mercado, ya que el límite fijado equivale al número de personas entre 14 y 65 años que se encuentran en dicha situación, conforme a datos de la ENDUTIH 2022”.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) precisó que la resolución adoptada por el Pleno no implica autorizar un programa social o determinar que el concesionario regale servicios de telecomunicaciones.
Adicionalmente, el instituto reforzó las condiciones de transparencia y revisión que permitan identificar, prevenir, mitigar y en su caso corregir distorsiones a la competencia o a la neutralidad a la competencia, que pudieran surgir en los mercados como consecuencia de su participación pública.
Es así que CFE-TEIT deberá cumplir con la obligación de presentar periódicamente, una lista de sus precios, las localidades donde provee servicios y el número de personas usuarias, información detallada sobre los procedimientos y condiciones bajo los cuales celebre contratos o convenios con autoridades o proveedores de servicios de telecomunicaciones con participación pública.
También deberá presentar al órgano regulador las políticas, programas o estrategias de inclusión digital universal y cobertura universal, así como los programas sociales dirigidos a grupos económicamente en desventaja, conforme a los cuales provea servicios en términos de las modificaciones aprobadas, así como el número de personas usuarias a las que provee servicios, en términos del límite fijado en la modificación autorizada.
El Pleno del IFT también determinó actualizar el parámetro relativo a la tecnología móvil que será considerada para definir localidades con conectividad: de 3G o superior a 4G o superior.
En un comunicado, el instituto detalló que su análisis se basó en definir los alcances de este concesionario en la provisión de servicios, así como sus efectos en materia de competencia y el principio de neutralidad a la competencia, dado su carácter de operador con participación pública.
“La Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) reconoce que, en la actualidad, 3G no es suficiente para acceder a todos los beneficios de la banda ancha móvil, como la educación en línea, por lo que el servicio 4G es una vía para lograr una conectividad adecuada”.
En materia de competencia, subrayó que dado que se prestarán servicios sin fines de lucro a personas que actualmente no forman parte del mercado por falta de recursos, no se identifican riesgos.
C$T-GM