Iniciativa busca cubrir el vacío legal existente.
La portabilidad de los datos que un usuario genere en alguna plataforma, libre elección de servicios y notificación de cambios en las condiciones originalmente contratadas, son algunos de los derechos de los usuarios digitales que plantea el proyecto de iniciativa para crear la Ley Federal de Protección al Usuario Digital, documento que también propone reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) para determinar la existencia de agentes económicos preponderantes en el sector digital.
El proyecto de decreto presentado por el diputado Javier Uriel Hidalgo Ponce plantea modificar el artículo 262 que señala que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) deberá determinar la existencia de agentes económicos preponderantes en los sectores digital, de radiodifusión y de telecomunicaciones.
“Para efectos de lo dispuesto en esta Ley, se considerará como agente económico preponderante, en razón de su participación nacional en la prestación de los servicios digital, de radiodifusión o telecomunicaciones, a cualquiera que cuente, directa o indirectamente, con una participación nacional mayor al 50 por ciento, medido este porcentaje ya sea por el número de usuarios, suscriptores, audiencia, por el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas, de acuerdo con los datos con que disponga el Instituto”, señala la modificación propuesta.
De acuerdo con el documento, el artículo 265 de la misma ley, se modificaría para sumar el “sector digital” a las facultades que el IFT posee en términos de la declaración de Agente Económico como Preponderante y la imposición de las medidas necesarias para evitar que se afecten la competencia y la libre concurrencia y con ello a los usuarios finales.
La iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea la Ley Federal de Protección al Usuario Digital señala en sus Transitorios que el titular del Ejecutivo federal deberá realizar la expedición y reforma de los reglamentos correspondientes dentro de los 180 días a la publicación de la reforma para adecuar las disposiciones reglamentarias al respecto.
“El Instituto Federal de Telecomunicaciones deberá adecuar a la Ley Federal de Protección al Usuario Digital su estatuto orgánico, dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto”.
En el documento publicado en la Gaceta Parlamentaria, el diputado Hidalgo Ponce refiere que los usuarios digitales son agentes con derechos reconocidos e irrenunciables de acuerdo a la Constitución mexicana y el Estado está obligado a velar por esos derechos, procurando equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre éstos y las plataformas y servicios digitales, sean públicas o privadas, sobre cualquier término y condición que hayan establecido unilateralmente para ofrecer sus actividades.
El objetivo, detalla el legislador es actualizar lo relacionado al entorno digital; proteger los derechos de sus usuarios, y clarificar jurídicamente cómo debe entenderse la libertad de expresión, la protección de los datos personales, el impulso a la innovación y emprendimiento; así como los derechos que tienen los usuarios al hacer uso de servicios y contenidos digitales.
En un contexto en que las plataformas digitales deben respetar las leyes de los países en los que operan, al margen de las normas propias que generen, en cumplimiento con lo fijado en materia de Derechos Humanos y considerando que son pocas las plataformas que concentran la mayor cantidad de los usuarios de internet, es necesario establecer un marco normativo que regule la relación entre estas y los usuarios digitales bajo ciertos principios básicos:
Destaca también que esta iniciativa busca cubrir el vacío legal existente que permite que las empresas digitales “tomen decisiones que influyan hasta en quién tiene la capacidad de hablar o comerciar, así como del contenido que puede compartirse en su plataforma, tal y como sucedió con la suspensión de cuentas de redes sociales del expresidente de los Estados Unidos, Donald Trump”.
“La presente iniciativa no debe interpretarse bajo un objetivo de modelo restrictivo; sino que busca proteger a las y los mexicanos para que sus derechos como usuarios digitales de manera clara y explícita en las actividades que se desarrollan a través de plataformas digitales. Con ello, se da certeza jurídica a las personas, a fin de garantizar la salvaguarda de sus derechos, datos, bienes e información”, precisó el legislador.
C$T-EVP