De cara a la tercera revisión de la regulación asimétrica aplicable al Agente Económico Preponderante en Telecomunicaciones (AEPT) es importante que el IFT considere aplicar mecanismos aceleradores de la eficacia de las medidas para reducir el peso de América Móvil en el mercado, y opte por establecer medidas adicionales que cumplan con su cometido, verifique el cumplimiento efectivo y no proceda a habilitar más vías de reconcentración de mercado.
Desde la perspectiva de Ernesto Piedras, director general de la consultora The CIU, la preponderancia tiene otras dimensiones que deben ser consideradas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), puesto que evidencian el gran peso y capacidad que continúa ostentando el AEPT en el mercado mexicano.
En el análisis “Preponderancia en Telecomunicaciones: Dimensiones e Incumplimiento Regulatorio”, el especialista señala que es manifiesta una persistente y excesiva concentración de mercado a favor del AEPT, pero también el incumplimiento de los mecanismos compensatorios.
“Ello a partir de aplicarse sanciones, que aunque han quedado en vilo, evidencian que el preponderante no ha cumplido efectivamente con las medidas. En otras palabras, la aplicación y supervisión de la regulación asimétrica ha sido insuficiente para balancear las condiciones de mercado entre los operadores”.
De acuerdo con la medición más reciente del órgano regulador, la participación de mercado del AEPT asciende a 57.5 por ciento del total de usuarios de servicios de telecomunicaciones (telefonía e internet fijo y móvil y TV de paga), aún en el umbral de preponderancia.
Esta proporción resulta ser 8.6 puntos porcentuales inferior a la registrada en marzo de 2014, cuando fue declarado AEPT, lo que representa una reducción de aproximadamente un punto porcentual por año, desde la entrada en vigor de estos mecanismos compensatorios.
“No obstante, cifras recopiladas por The Competitive Intelligence Unit (The CIU) con base en los reportes financieros de los operadores, revelan que en el segmento móvil, el peso de mercado del AEPT es superior al registrado en la totalidad del sector, al registrar una participación de 59.6 por ciento, medida por la totalidad de líneas al tercer trimestre de 2022 (3T-2022)”.
Este nivel incluso ha incrementado en algunos periodos, en lugar de reducirse, y evidencia la ineficacia del marco regulatorio para nivelar el terreno competitivo entre operadores, enfatiza el especialista.
Aunque la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones de junio de 2013, establece que uno de los indicadores para medir esta condición es el número de usuarios o suscriptores, es imperante que el regulador considere dentro de su análisis otras dimensiones de la huella y capacidad de mercado que tiene el AEPT.
Por ejemplo, su nivel de ingresos, márgenes de ganancia y su ponderación al interior de subsegmentos del mercado móvil (prepago y pospago).
En lo que toca a su nivel de ingresos, América Móvil genera 5.5 de cada 10 pesos que obtienen la totalidad de los operadores por proveer servicios de telecomunicaciones en México.
“Este marcado desbalance habilita ventajas competitivas para el operador en torno a la capacidad económica para invertir, extender su infraestructura, obtener los derechos de una mayor cantidad de espectro radioeléctrico e incluso para alcanzar mayores ganancias que el resto de sus competidores”.
Y es que tras la primera revisión de preponderancia en marzo de 2017, el AEPT traza una trayectoria creciente de su EBITDA (ganancias antes de gastos financieros) que llega a 31 mil 250 millones de pesos al 3T-2022, un monto casi 5 veces superior al alcanzado por el segundo operador en términos de esta métrica.
Otra dimensión de este desproporcionado peso de mercado se encuentra al interior del mercado móvil en el que Telcel registra un Ingreso Promedio por Usuario (ARPU, por sus siglas en inglés) de 168 pesos al mes, el más alto entre los jugadores competidores.
Ello a partir de contabilizar una razón creciente de 62.1 por ciento del total de las líneas de mayor valor y consumo de servicios móviles (pospago).
Estas circunstancias son las que precisamente le habilitan registrar una ponderación de 70 por ciento de los ingresos del mercado, participación que escasamente se ha reducido 3.8 puntos porcentuales en todo el periodo de vigencia de la preponderancia.
En términos del Índice de Herfindahl-Hirschman (IHH), métrica que dimensiona el grado de competencia del mercado, se registra un nivel de 5 mil 364 puntos en el 3T-2022, en el umbral de alta concentración y tan sólo 325 puntos por debajo del nivel que registraba al comienzo de la implementación de medidas de regulación asimétrica (marzo de 2014).
Incumplimiento de la Regulación Asimétrica.
En su análisis, Ernesto Piedras destaca que en cada revisión que ha realizado el IFT a la regulación asimétrica, los operadores competidores han denunciado el incumplimiento e ineficacia de las medidas para balancear el terreno de juego.
“Incluso, el propio regulador ha procedido a determinar sanciones al AEPT por incumplir con el marco regulatorio de preponderancia, específicamente en lo que toca a proveer de información completa de la disponibilidad de infraestructura pasiva (postes y pozos) en el Sistema Electrónico de Gestión (SEG), lo que hace inoperante la medida de compartición que le es aplicable”.
En este contexto es esencial que al ostentar una posición dominante en infraestructura, el AEPT publique la información precisa y confiable para que sus competidores puedan acceder a esta y así reducir las asimetrías de información y las condiciones operativas entre estos.
“En varios medios ha sido publicado en días recientes, la potencial decisión del regulador de absolver al AEPT de la sanción correspondiente por el incumplimiento referido, monto que se estima en 37 mil millones de pesos”.
C$T-GM