La Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) inició de oficio una investigación para determinar la probable existencia de agentes económicos con poder sustancial en los diferentes mercados de redes de telecomunicaciones que prestan servicios de voz, datos o video en el país.
La investigación en las redes de telecomunicaciones, precisó un extracto del acuerdo emitido el 29 de junio publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), no prejuzga sobre la existencia de poder sustancial, sino que se inicia en estricto cumplimiento a la Ley Federal de Competencia Económica.
“La presente investigación no prejuzga sobre la existencia de poder sustancial por parte de agente económico alguno; únicamente se inicia en estricto cumplimiento a lo señalado en el párrafo quinto del Artículo Noveno Transitorio, y conforme a lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley Federal de Competencia Económica, mutatis mutandis”.
El proceso deberá llevarse a cabo en un plazo no mayor a 90 días naturales; es decir, que la Autoridad Investigadora del IFT deberá agotar todas las actuaciones dentro de dicho periodo, que comienza con la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del extracto el 13 de julio y concluirá el 10 de octubre próximo.
Aunque las actuaciones y diligencias se practicarán en días y horas hábiles, el documento establece que se podrán habilitar los días inhábiles cuando hubiere causa que lo justifique, medida que posibilitará a la Autoridad Investigadora del órgano regulador cumplir con su mandato.
Por ello, el plazo para cumplir las actuaciones y diligencias por parte de la propia Autoridad Investigadora del IFT también toma en cuenta los días sábados y domingos, así como los días festivos registrados en los meses de julio, agosto, septiembre y octubre.
“La habilitación de días inhábiles para realizar las actuaciones y diligencias que esta Autoridad Investigadora estime pertinentes, no se limitará para los actos de dicha autoridad, sino para cualquiera que deba realizarse dentro del procedimiento de investigación”.
Las investigaciones, previstas en el Artículo Noveno Transitorio del Decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, subrayó, tienen el propósito de que el instituto determine la posible existencia de poder sustancial y, de ser el caso, de imponer medidas necesarias para proteger y fomentar la libre competencia y concurrencia.
El texto destaca que la publicación del extracto tiene como objeto que cualquier persona pueda aportar elementos durante la investigación.
C$T-GM