Erotización temprana afecta a menores de edad.
La Cámara de Diputados urgió a la Secretaría de Gobernación a ejercer medidas para regular los contenidos sexuales o promotores de la hipersexualidad que aparecen en la publicidad, programas de televisión, radio y redes sociales; medios a los que está expuesta una gran mayoría de niños y adolescentes.
A través de un exhorto el órgano legislativo señala que en estos medios, los menores de edad se enfrentan constantemente a situaciones y contextos que conllevan una erotización temprana para la que no están preparados.
La propuesta presentada por la diputada Olga Catalán argumenta que uno de los problemas que indirectamente se relaciona con la hipersexualización de los menores de edad es el alto número de embarazos de adolescentes que representan 20 por ciento del total de los nacimientos anuales en el país.
La legisladora refirió que México ocupa el primer lugar entre los países de la OCDE en embarazos de adolescentes a razón de 400 mil anuales y según estudios, una de las principales razones de este fenómeno tiene que ver con que los niños y niñas desarrollan su sexualidad a edades más tempranas y por ende tienden a apresurar su vida sexual sin protección.
“Está demostrado que el contenido de los mensajes que se transmiten en radio, televisión, redes sociales, videoclips e incluso en las letras de canciones, cuentan con altos contenidos de violencia, agresión, erotismo y exaltación de valores que no van acordes con el desarrollo humano de la población infantil y adolescente”.
La legisladora añadió que la mayor parte del material presentado por esos medios no contribuye en la mejora y crecimiento del público receptor, siendo en su mayoría niños y adolescentes que ven imágenes cargadas de sexo o erotismo para lo que emocionalmente no están preparados.
La diputada federal señaló que ante el problema, el Comité de los Derechos del Niño ha emitido recomendaciones para garantizar que los medios de comunicación desempeñen un papel activo en la protección de los menores evitando la difusión de imágenes o audios que inciten a la violencia o que afecten de manera directa o indirecta su pleno desarrollo.
En su opinión, resulta necesario velar por el interés superior de la niñez y garantizar el derecho a su desarrollo armónico, tal como lo establece el artículo 226 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que señala «promover el libre desarrollo armónico e integral de niñas, niños y adolescentes, así como contribuir al cumplimiento de los objetivos educativos planteados en el artículo 3o. constitucional y otros ordenamientos legales».
C$T-GM