Se debe evitar daño irreversible.
AT&T, Altán, Axtel, Bestel, Cablemás y Cierto, entre otras, hicieron un llamado al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para que mantenga la prohibición de cobro por la terminación de llamadas en la red del Agente Económico Preponderante (AEP) en telecomunicaciones, América Móvil (AMX).
Conservar el “no cobro” de la terminación de tráfico por parte del AEP fortalecería la asimetría, mantendría las condiciones que han permitido la reducción del costo de las telecomunicaciones para el público en general, la posibilidad de gozar de ofertas en llamadas y mensajes ilimitados y favorecería la tendencia desinflacionaria en las telecomunicaciones”.
En opinión de estas empresas, la prohibición de cobro por la terminación de llamadas en la red del AEP ha hecho posible que otras empresas, tanto móviles como fijas, inviertan más en la cobertura y calidad de redes de nueva generación y puedan ofrecer planes atractivos a los usuarios.
Su eliminación causará un daño irreversible e irreparable al incipiente ambiente de competencia en México”, señalaron las empresas en un desplegado conjunto.
En agosto pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el IFT posee la facultad de regular de forma asimétrica a los participantes en este sector y ordenar las medidas que sean “necesarias” para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia, y por ende, a los usuarios finales.
La Constitución establece la regulación asimétrica como una medida temporal, hasta que exista competencia efectiva. Los datos del propio IFT dan cuenta del enorme poder de mercado del Agente Económico Preponderante (AEP), por lo que no se justifica diluir efectos del nuevo marco regulatorio”.
En concordancia con el fallo de la SCJN, el IFT puede determinar la continuidad del “no cobro” del servicio de terminación de tráfico que promueve el AEP, para garantizar que éste no amplíe su poder, lo que iría en contra de los objetivos de la reforma.
«Esta medida ya demostró su efectividad para beneficiar a los consumidores: permitió una importante reducción de los precios de telefonía móvil, del 42.6 por ciento de acuerdo con el INEGI, comportamiento sin precedente en la historia de las telecomunicaciones en México».
En su resolución, refieren, la SCJN consideró que el “no cobro” de la terminación de tráfico por parte del AEP en sí misma no es inconstitucional, que benefició a los consumidores y que contribuyó a la entrada de nuevos competidores en el mercado.
C$T-GM