Las firmas ya habían sido apercibidas por el órgano regulador
Cablevisión y Megacable deberán atender un mecanismo impuesto por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para suprimir la Práctica Monopólica Absoluta (PMA) en la que incurrieron bajo la marca YOO, conducta por la cual ya habían sido sancionados desde el 17 de febrero de 2014 y el 1 de diciembre de 2015.
«El IFT ordenó la supresión de la práctica monopólica absoluta y, para ello, la presentación de un mecanismo eficaz para eliminar la conducta sancionada, apercibiendo a Cablevisión y Megacable de que en caso de que no presentaran un mecanismo efectivo, sería el Instituto quien determinaría los términos y condiciones para hacerlo».
A través de un comunicado el órgano regulador detalló que la PMA en la que incurrieron ambos agentes económicos «derivó en la segmentación del mercado en diversos municipios del Estado de México para la prestación de servicios empaquetados de telefonía, internet y televisión restringida, bajo la marca YOO».
El Pleno del IFT determinó el 18 de mayo pasado, que las propuestas de mecanismos presentadas por Megacable y Grupo Televisa, «no eran efectivos, viables ni idóneos» para eliminar en forma eficiente las condiciones que originaron la PMA.
«En términos generales, el mecanismo impuesto por el IFT atiende cuestiones relacionadas con la titularidad de la marca YOO, las estrategias de mercadotecnia que realicen estos agentes económicos y la asignación geográfica para la prestación de servicios de telefonía, internet y televisión restringida, teniendo como objetivo primordial, restablecer el proceso de competencia económica».
Para el instituto, esta resolución del Pleno sienta un precedente importante pues el mecanismo impuesto, busca restablecer condiciones de competencia en un mercado donde dos competidores realizaron un uso conjunto de marca, con lo cual inhibieron la garantía de calidad en la prestación de servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.
C$C-GM