IFT atendió observaciones de las empresas.
La separación funcional de Telmex y Telnor es resultado de la revisión y modificación de algunos aspectos presentados por las propias empresas para llevar a cabo el proceso; y en ese sentido, son responsables de garantizar la viabilidad técnica, económica y financiera de las nuevas empresas incluyendo el respeto de los derechos laborales de sus trabajadores.
De acuerdo con la resolución emitida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en febrero pasado, entre las propuestas y observaciones presentadas por las empresas involucradas en el proceso de revisión del Plan de Separación Funcional, se encuentra la que señala que la sustitución patronal no afectará las relaciones de trabajo existentes.
«Además de que el patrón sustituido será solidariamente responsable con el nuevo por las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo y de la ley, nacidas antes de la fecha de la sustitución, hasta por el término de seis meses y, concluido este, subsistirá únicamente la responsabilidad del nuevo patrón”.
De igual forma, se precisa que los contratos colectivos de trabajo tendrán que ser negociados con los respectivos sindicatos de Telmex y Telnor, a efecto de transferir al personal a las Empresas Mayoristas.
La resolución aprobada el 27 de febrero pasado por el Pleno del IFT en la que se determinó el Plan final de Separación Funcional, señala que al poner en marcha esta operación, el AEP deberá contar con un acuerdo con las Empresas Mayoristas en el cual se establezcan las condiciones laborales conforme a lo que establece el artículo Décimo Octavo Transitorio de la Reforma Constitucional en Telecomunicaciones.
Ello, en el sentido de que los derechos de los trabajadores que presten sus servicios en las empresas y organismos dedicados a las actividades del sector se respetarán en todo momento.
“Se le otorgó (a la empresa) la oportunidad de proponer los mecanismos necesarios a fin de garantizar sus obligaciones laborales y proponer el esquema que mejor considere para el cumplimiento de lo ordenado por este Instituto”.
La resolución, que es aplicable a los integrantes del AEP y que no va encaminada a transgredir derechos laborales de los trabajadores, contempla que el Agente Económico Preponderante deberá presentar un plan de migración de personal.
Asimismo, para el personal sindicalizado podrá utilizarse la figura de patrón sustituto entre Telmex/Telnor y las Empresas Mayoristas, debiendo garantizarse en todo momento los derechos laborales de los trabajadores.
El documento enfatiza que el Instituto no es autoridad competente en materia laboral, por lo que la Resolución de Preponderancia emitida el 6 de marzo de 2014 y la revisión bienal de 2017 no establecen medidas específicas en esa área ni relacionadas con los derechos de los trabajadores de las empresas.
La separación funcional, que es parte de la regulación impuesta a América Móvil en su calidad de AEP, será determinante para dar claridad a los competidores en materia de solicitudes de uso de infraestructura y eliminar posibles conflictos de interés.
Con esta operación, el órgano regulador busca garantizar el establecimiento de una unidad de negocio encargada de dichas funciones, independiente de Telmex y Telnor, pero dentro de la estructura de América Móvil.
C$T-GM