Al final de esta semana, todos los operadores de telefonía móvil deberán poner a disposición del público una Plataforma de Consulta de Líneas Telefónicas Móviles, que permitirá a las personas saber cuántas líneas están asociadas a su identidad, y si hubiera alguna habilitada sin su conocimiento, podrán realizar la correspondiente desvinculación.
Conforme a los Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles, publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 9 de diciembre de 2025, “en un plazo de sesenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor de los presentes Lineamientos, los Proveedores del Servicio de Telefonía Móvil deberán habilitar la Plataforma de Consulta de Líneas Telefónicas Móviles”.
Dicho plazo se cumple este 8 de febrero y las empresas telefónicas deberán poner estos espacios a disposición de sus usuarios, sin almacenar datos personales y únicamente permitirán ver los últimos cuatro dígitos de las líneas telefónicas vinculadas a una persona.
Dado que las reglas emitidas por la CRT establecen que las personas físicas pueden vincular un máximo de 10 líneas, la plataforma de consulta servirá no sólo para identificar cuántos números se tienen asociados, sino también para que sepan si existe alguna línea a su nombre de la que no tengan conocimiento y, en su caso, realizar la desvinculación, para evitar problemas en caso de que dichas líneas se llegaran a usar para cometer un delito.
Como se recordará, la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión aprobada a mediados de 2025, señala la obligación de vincular cada línea telefónica a una persona en particular, como parte de una serie de reformas legales que tienen por objeto disminuir las extorsiones realizadas a través de teléfonos celulares.
Según los lineamientos, las plataformas de consulta “serán administradas y operadas por los Proveedores del Servicio de Telefonía Móvil, sin perjuicio de que puedan convenir el uso de una Plataforma común a cargo de un tercero”.
En tales plataformas, el usuario sólo tendrá que colocar su CURP o su Registro Federal de Contribuyentes y así verá los últimos cuatro dígitos de alguna línea que se encuentre asociada a su nombre y el nombre comercial del proveedor de servicio móvil que tiene asignado el número.
Estas plataformas deberán proveer al usuario el enlace a la Plataforma de Gestión de la compañía telefónica a la que está asignado el número, para que ahí pueda realizar la desvinculación, en caso de no reconocer una línea o no tener control sobre ella.
La intención de esta medida es garantizar que nadie desconozca alguna línea a la que su nombre pudiera haber quedado asociado por diversas razones, como algún teléfono asignado en un trabajo anterior, una línea de prepago que quedó en el abandono o porque su nombre haya sido usado para registrar una línea sin su consentimiento.
De acuerdo con los Lineamientos, las empresas de telefonía deberán asegurarse de que sus Plataformas de consulta cuenten con mecanismos y medidas de seguridad de la información “que garanticen su integridad, autenticidad, confidencialidad, disponibilidad, conforme a las mejores prácticas y normas en materia de ciberseguridad”.
También deben contar con accesibilidad para personas con discapacidad y los proveedores de servicio deben asegurarse que sus plataformas sean accesibles a través de sus sitios de internet oficiales o bien de sus aplicaciones móviles oficiales.
Asimismo, los Lineamientos indican que los proveedores de servicios móviles deberán notificar a la CRT el enlace creado para su plataforma de consulta, para que esta autoridad lo publique a su vez en su sitio de internet y los usuarios puedan consultarlo, también, desde esa vía.
Estas medidas son aplicables tanto para los operadores móviles tradicionales como para los virtuales, con independencia de sus dimensiones o capacidades técnicas y financieras.
C$T-GM






































