El tema será discutido en la Segunda Sala de la SCJN
La geolocalización y retención de datos personales por parte de los operadores de telecomunicaciones obliga a las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia a profesionalizarse y generar confianza para que la población vea el beneficio de asumir costos en materia de privacidad.
En opinión de Ernesto Piedras, director general de la firma de consultoría The Competitive Intelligence Unit (CIU), “aprovechar los beneficios sociales de vigilar las comunicaciones privadas no basta con que la autoridad cuente con una certificación legal para retener datos o geolocalizar, sino que además debe ser sujeto a un escrutinio público y experto”.
En diciembre de 2015, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emitió los Lineamientos en Materia de Colaboración con la Justicial, los cuales fueron motivo de un recurso de amparo por parte de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y que actualmente se encuentra pendiente de revisión en la Segunda Sala.
“La discusión no se agota con la decisión de la Corte. Debemos acostumbrarnos a que este dilema sobre privacidad y seguridad en cuanto a la retención de datos continuará en diferentes formatos y plataformas tecnológicas”.
Ello, debido a la creciente adopción de dispositivos conectados en manos de los consumidores, que resultan en la interacción digital en diferentes dimensiones de la vida de los individuos (educativa, social, cultural y económica, entre muchas otras).
Este contexto, subraya el especialista, abre la puerta para reflexiones en términos de los costos y beneficios relativos a la intervención de las comunicaciones privadas.
“Entre los costos a considerar, el primero que destaca por su obviedad, es aquel en que se incurriría por el simple hecho de retener datos, es decir, por el despliegue de infraestructura, creación de data centers, así como por el mantenimiento, resguardo y seguridad de los sistemas de la información”.
Sin embargo, este “costo físico-económico”, es el de menor importancia, pues queda implícito el costo de la potencial incertidumbre por el uso incorrecto de la información, equivalente en la dimensión digital al uso indebido de las chequeras, tarjetas de crédito o al allanamiento ilegítimo de los cajones y objetos personales de los ciudadanos.
“Ya sea porque no se resguarda con la seguridad necesaria o porque no se utiliza con fines de aplicación del Estado de Derecho, sino como herramienta de extorsión o violación del derecho de la privacidad”.
Sin embargo, destaca Piedras, también es necesario dejar claro el beneficio o la justificación de incurrir en esos costos, y éste tiene que ver con el bienestar social derivado de la compartición de la información retenida y la geolocalización para efectos de seguridad pública.
Refiere que países de Europa y Asia han echado mano de las herramientas de geolocalización y retención de datos para combatir el terrorismo. Incluso, en México están sirviendo para identificar y perseguir a miembros y organizaciones del crimen organizado.
El beneficio social está sujeto a que la autoridad que requiera la información derivada de las comunicaciones tenga capacidad técnica, capital humano capacitado, equipamiento, parámetros éticos, así como un mecanismo de vigilancia y monitoreo, cuyo objetivo sea no desviar la atención hacia el aprovechamiento ilícito de la información.
El pasado 20 de abril, la Segunda Sala de la SCJN dejó en lista la discusión del amparo contra los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, que en opinión de los integrantes de R3D “obligan a la conservación masiva e indiscriminada de datos de comunicaciones y permiten la vigilancia sin controles”.
Ante ello, los integrantes de esta red hicieron un llamado al máximo tribunal para que reconozca la inconstitucionalidad de las disposiciones impugnadas, debido a que lesionan de manera grave el derecho a la privacidad y la seguridad de todas las personas usuarias de servicios de telecomunicaciones en México.
C$C-GM