Con el nuevo año 2025, inicia también sus operaciones la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), que empezará a funcionar con los recursos humanos, financieros y materiales que, por decreto, le fueron transferidos desde la Coordinación de Estrategia Digital Nacional.
La nueva entidad pública, cuyo nacimiento quedó establecido en el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre, indica que a la ATDT le corresponde el despacho de 14 diferentes temas, incluyendo “formular políticas y emitir lineamientos para la promoción, implementación y diseño” de un total de nueve diferentes materias.
Las reformas a esta Ley orgánica, se derivan de la reforma constitucional que determinó, entre otras cosas, la desaparición de órganos autónomos como el IFT y la Cofece, y dejan claras cuáles serán las tareas de la ATDT, que según el artículo Décimo Segundo Transitorio, inició funciones a partir del primer día de 2025.
La nueva dependencia que encabeza José Peña Merino, tendrá a su cargo la conducción de las políticas de inclusión digital, gobierno digital, informática, tecnologías de la información, comunicación y telecomunicaciones de la Administración Pública Federal.
También la formulación de políticas y emisión de lineamientos para la promoción, implementación y diseño de software y soluciones tecnológicas en la Administración Pública Federal, la fábrica de software público; la adopción y uso de la identidad y ciudadanía digital; el mecanismo único de autenticación digital basado en la Clave Única de Registro de Población con la protección de los datos personales.
La ATDT también deberá integrar el sistema de servicio nacional de identificación personal; gestionar las bases de datos para interoperar los sistemas nacionales y de la Administración Pública Federal con el Registro Nacional de Población; habilitar la interoperabilidad de los sistemas de información, con excepción de la información en materia de seguridad nacional y el conjunto de bases de datos del Sistema Nacional de Información, este último, previsto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Las funciones de la ATDT se encuentran previstas en el artículo 42 Ter de la Ley Orgánica de la Administración pública e incluyen también realizar el análisis de datos e información de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal; ejecutar acciones en materia de datos abiertos y gobierno abierto; promover la cobertura universal y social de servicios de telecomunicaciones a cargo del gobierno federal.
La nueva agencia deberá también elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión del Gobierno Federal; definir la capacidad satelital del país, incluyendo el tema de las “concesionarias de recursos orbitales y de las autorizadas para explotar los derechos de emisión y recepción de señales de satélites extranjeros para prestar servicios en el territorio nacional, como reserva del Estado para redes de seguridad nacional”.
El propio ordenamiento indica que la ATDT ha de regular, inspeccionar y vigilar la prestación de servicios públicos de correos, telégrafos, giros telegráficos y radiotelegrafía por parte de la Administración Pública Federal; definir los protocolos de seguridad de la información y comunicaciones de la propia Administración; y formular y conducir la política nacional de soberanía tecnológica, así como promover las soluciones tecnológicas para la digitalización de trámites y servicios.
A partir del 1 de enero de 2025, a la Agencia le corresponde emitir disposiciones para la adquisición, arrendamiento y prestación de servicios en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, telecomunicaciones y desarrollo de software, así como dictaminar técnicamente su aprovisionamiento.
Diseñar, regular, implementar y dirigir instrumentos, herramientas y mecanismos para la implementación del Modelo Integral de Atención Ciudadana, en coordinación con otras dependencias.
Además, la Agencia presidirá el Consejo Nacional de Mejora Regulatoria y propondrá a la persona titular del órgano encargado de la mejora regulatoria.
Entre las competencias de la ATDT está la celebración de convenios de colaboración y coordinación con dependencias de la Administración Pública Federal, órganos constitucionales autónomos, gobiernos de las entidades federativas y municipios, los Poderes Legislativo y Judicial, instituciones públicas o privadas nacionales e internacionales, para la consecución de los objetivos de la Agencia.
Asimismo, queda entre sus facultades la participación en foros internacionales de las materias de su competencia, “con la intervención que corresponda a la Secretaría de Relaciones Exteriores y proponer a ésta la celebración de convenios y tratados internacionales en tales materias y participar en la concertación y el seguimiento de la ejecución de los acuerdos internacionales en materias de tecnologías de la información, comunicaciones, telecomunicaciones y radiodifusión”.
Destaca también la facultad de la Agencia para “otorgar su conformidad, previo a su nombramiento, de las personas titulares de las unidades administrativas responsables de las tecnologías de la información y comunicación u homólogo, de las dependencias, incluidos las de sus órganos administrativos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal”.
No pasa inadvertido que, de acuerdo a la Ley, la ATDT se deberá coordinar con la Secretaría de Economía para organizar, unificar e implementar, el sistema informático que establecerá expedientes electrónicos empresariales para simplificar los trámites ante la Administración Pública Federal centralizada y paraestatal.
Estas actividades ya forman parte del catálogo de obligaciones que la Ley le marca a la nueva entidad y que deberá cumplir a partir del primer minuto del nuevo año, con los recursos transferidos desde otras dependencias.
C$T-GM