Entrará en vigor en septiembre próximo.
La Secretaría de Economía (SE) publicó la Norma Oficial Mexicana (NOM) 220-SCFI-2017 que establece las especificaciones y requerimientos de los equipos de bloqueo de señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos e imagen dentro de Centros de Readaptación Social, establecimientos penitenciarios o centros de internamiento para menores, federales o de las entidades federativas.
En la elaboración de la nueva norma, que entrará en vigor a finales de septiembre (60 días naturales siguientes al día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (31 de julio de 2018), participaron la propia SE, la Dirección General de Normas y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
La NOM establece que los equipos mencionados que deseen importarse y comercializarse dentro del territorio nacional deben cumplir las especificaciones, así como los métodos de prueba de los parámetros señalados en la «Disposición Técnica IFT-010-2016.
«Lo anterior con el objetivo de dar certeza de que los equipos que se introduzcan y comercialicen en el territorio nacional operen sin ocasionar interferencias perjudiciales a los servicios de Telecomunicaciones y con un eficiente bloqueo de señales».
Los productos objeto de esta NOM son todos los equipos de bloqueo de señales, que en el ámbito técnico operativo bloqueen, cancelen o anulen de manera permanente las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos e imagen dentro del perímetro de los centros de readaptación social, establecimientos penitenciarios o centros de internamiento para menores, federales o de las entidades federativas, cualquiera que sea su denominación.
Los equipos de bloqueo de señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos e imagen podrán ser instalados y puestos en operación por las autoridades facultadas para ello, subraya la publicación en el DOF.
C$T-GM