Beneficios mayores al ahorro que se pretende obtener.
Los costos sociales asociados a la concentración de funciones en la Administración Pública, son mucho mayores que las erogaciones presupuestales con las que se financian, expresaron en un pronunciamiento técnico colegios y agrupaciones de Abogados en torno a la propuesta de desaparición de órganos autónomos como el IFT, COFECE, INAI y la CRE.
Actividades de entes como el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), la Comisión Federal de Competencia (COFECE) y la Comisión Reguladora de Energía (CRE) representan una utilidad en la economía de la población, mucho mayor que el gasto que representa su operación; sus decisiones y la vigilancia de servicios eficientes, así como la promoción de la debida competencia en los mercados han beneficiado sustancialmente a la población.
Al provocar la generación de más oferta, calidad y mejores precios en productos y servicios; al generar valor, se incrementa la recaudación en favor de las políticas sociales públicas. Estas ventajas que antes no existían son mayores cualitativa y cuantitativamente que el presupuesto que se podría ahorrar al ser eliminados.
El documento firmado por los presidentes de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, el Ilustre y Nacional Colegio de Abogados De México, la Barra Mexicana Colegio de Abogados y el Consejo General de la Abogacía Mexicana, destaca que la garantía de transparencia que proporciona el INAI y que contribuye al combate a la corrupción (que cuesta entre 5 y 10 por ciento del PIB, según la OCDE), es mucho mayor en valor que los mil millones de pesos que, según el Ejecutivo Federal, cuesta su operación.
“Por ello, el regreso a la situación anterior, en la que las entidades públicas determinaban los alcances de la transparencia, conduce a la opacidad y a una mayor corrupción, con lo que el eventual ahorro esperado con la desaparición del INAI sería no sólo insustancial, sino sus efectos más costosos”.
Lo anterior, sin prejuicio de que la función del INAI como garante de los datos personales sería difuminada, el derecho a la protección de los datos personales quedaría sin soporte especializado, lo cual acarrearía afectaciones a la inversión en México por la contravención a acuerdos internacionales, así como por ir en contra de la tendencia de las mejores prácticas en la materia.
El posicionamiento técnico expone que los órganos subordinados a las Secretarías de Estado de la Administración Pública Federal (Poder Ejecutivo Federal) además de las atribuciones naturales de la administración pública ordinaria y de su funcionamiento, sujetos siempre al principio de jerarquía, fueron empleados para ejercer funciones y atribuciones especializadas del Estado.
Ejemplo de ello es la banca central, telecomunicaciones, energía transparencia y acceso a la información, materia electoral, competencia económica, protección de derechos humanos, protección de datos personales, procuración de justicia, entre otras.
Los órganos autónomos fueron creados principalmente para tutelar de mejor manera los derechos humanos en las materias de sus especiales competencias, así como garantizar los fines esenciales del Estado, sin vaivenes por la imposición del proyecto de administración en turno, sino el de los objetivos constitucionales permanentes, que han ido evolucionando, siempre debiendo ser protegidos por las instituciones jurisdiccionales.
El documento enfatiza que fraudes electorales, crisis económicas, inflaciones desproporcionadas, opacidad y corrupción, pobreza extrema, privilegios y monopolios indebidos, ineficiencias graves de los mercados, entre muchos otros, han sido la causa histórica de que el Poder Reformador de la Constitución, en momentos específicos de la historia, haya decidido crear órganos especializados, ajenos a los poderes tradicionales, con la encomienda de atender eficazmente necesidades especiales del México moderno con base en elementos empíricos, racionales, técnicos; no con base en cálculos políticos.
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