Necesario revisar capítulo de sanciones.
El inicio de un nuevo sexenio, que implica la renovación de los Poderes de la Unión, traerá consigo nuevas perspectivas y opiniones que abren la oportunidad para una revisión en temas clave relacionados con las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en materia de competencia económica, aseguró María Elena Estavillo Flores, comisionada del órgano regulador.
«Hay una gran oportunidad por la renovación de los Poderes, no nada más hay un cambio de partido en el Ejecutivo, sino también se modifica el balance de pesos en el Congreso y por eso me parece muy propicio revisar, con estas nuevas perspectivas y opiniones que entran en juego, en qué se puede mejorar la ley».
En opinión de la funcionaria, un tema prioritario es la eliminación del artículo noveno transitorio del decreto de expedición de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), el cual establece que mientras exista un agente económico preponderante en cualquiera de estos sectores, las concentraciones realizadas entre concesionarios que cumplan con algunas condiciones no requerirán la autorización del IFT.
«Lo que hace este noveno transitorio es impedir que ejerzamos las facultades constitucionales, como autoridad de competencia deberíamos estar haciendo una revisión previa de las operaciones…Por eso hablo de reinstaurar las facultades que nos da la Constitución, al igual que se las da a la Comisión Federal de Competencia Económica y que sí las puede ejercer».
Estavillo Flores recordó que si bien en su momento, ella y la entonces comisionada Adriana Labardini abrieron la discusión sobre la conveniencia de fortalecer las facultades del IFT en materia de competencia a través de la eliminación de este artículo, la propuesta no tuvo mayoría en el Pleno.
«En este momento ya no es posible (proponer una controversia constitucional) se abrió la ventana para interponerla, hay un plazo legal después de haberse promulgado la ley, o del primer acto de aplicación, entonces eso ya pasó. Quedaría una posibilidad, pero la veo muy remota, y es que fuera un particular que se viera afectado por esta situación y entonces interpusiera un amparo reclamando la inconstitucionalidad del noveno transitorio, pero si esto no ha ocurrido en estos cuatro años no veo por qué ocurriría en los siguientes».
En ese contexto, comentó la comisionada, la opción es apelar a la sensibilidad política de los integrantes del nuevo Congreso para reformar el decreto por el que se reformó la LFTR y eliminar la disposición sin sustituirla por ninguna otra porque las reglas generales están en la Ley Federal de Competencia Económica, que es la que se debería aplicar.
«La consecuencia es que no podemos actuar cabalmente como autoridad de competencia para casos de concentraciones cuando se cumplen estas condiciones que están en el transitorio y en realidad, la experiencia de estos años es que vemos que hay muchas operaciones que han cumplido con esas condiciones o que así lo ha determinado la mayoría del Pleno, entonces no podemos aplicar esta acción preventiva que es como lo prevé la Ley de Competencia».
En el mercado, añadió, se han dado y se seguirán registrando operaciones muy importantes que requieren una autorización o el establecimiento de las condiciones necesarias para no afectar la competencia; sin embargo, al existir esta restricción, se elimina esa posibilidad.
«Es como un cheque en blanco otorgado a cualquier operación con la única condición, claro que no participe alguno de los preponderantes, pero de cualquier manera tenemos operaciones muy importantes, las hemos tenido y las podemos tener en el futuro. La verdad hasta temería dar ejemplos para no dar ideas de lo que podría ocurrir. Se nos podrían plantear operaciones con serias repercusiones en los mercados sin que pudiéramos hacer nada».
La integrante del Pleno del órgano regulador dijo que si bien siempre habrá leyes imperfectas, es conveniente revisarlas a lo largo del tiempo y en ese sentido, otro tema que requiere revisión prioritaria es el relacionado con el Capítulo de Sanciones establecido en la ley.
«Me parece se le tendría que dar prioridad al Capítulo de Sanciones de la ley por diversas razones, partiendo del hecho de que ya se han ido generando varios amparos en contra de los artículos, y por sí misma esa es una razón importante para revisarlo. Ese capítulo merece una revisión cuidadosa».
C$T-GM