Esta semana, el Pleno del IFT determinará si es viable otorgar a América Móvil (BMV:AMX) libertad tarifaria en los servicios de acceso indirecto al bucle que se utiliza en la provisión de internet y telefonía fija en casi 80 municipios; sin embargo, en opinión de especialistas, la decisión se estará tomando sin el análisis profundo y contundente que exige conocer el estado real de la competencia, similar a lo que sucedió en 2014 cuando se impusieron las medidas asimétricas.
Para Alexander Elbittar, director del Programa Interdisciplinario de Regulación y Competencia Económica (PIRCE) del CIDE, este movimiento de gran impacto en la regulación del Agente Económico Preponderante en Telecomunicaciones (AEPT) pasa por alto lo establecido en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y la Ley Federal de Competencia Económica.
“No veo las condiciones de competencia efectiva ni el análisis necesario. Si se hace una evaluación de las ofertas que tienen los consumidores, se puede ver que siguen siendo muy restringidas. Esa noción de competencia efectiva está muy relacionada con las ofertas que tienen los consumidores a su alcance, tanto del preponderante como de los competidores”, explicó.
En entrevista con ConsumoTIC, indicó que en 2012 la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) hizo un diagnóstico sobre la falta de competencia en el sector de las telecomunicaciones, y sobre el cual se fundamentaron muchos de los cambios constitucionales plasmados en la reforma de 2013.
“La pregunta es si realmente tenemos un cambio significativo para liberar la regulación asimétrica al agente preponderante. Efectivamente han bajado los precios, muchos consumidores tenemos dos o más alternativas, pero la verdad es que para la gran mayoría de los mexicanos no es el caso. No sé cuál sea el motivo de acelerar este proceso de libertad tarifaria”.
Para el especialista, la forma y el momento en el que se está planteando otorgar flexibilidad tarifar a la empresa América Móvil (el AEPT), obliga a preguntarse cuál será la reacción de los mercados y cómo afectará a los planes de inversión en el sector.
“De acuerdo con los datos y la información que he analizado, no veo que realmente esté favoreciendo a una gran cantidad de mexicanos. Eso es preocupante, sé que se están refiriendo a 77 mercados específicos pero están en grandes ciudades que es donde se agrupa la mayor cantidad de consumidores de internet y telefonía fija. Además, preocupa que esto se extienda a otros mercados”.
En la sesión ordinaria del Pleno del IFT, programada para el próximo miércoles 4 de agosto, el órgano regulador determinará si es viable autorizar libertad tarifaria en 77 municipios donde se considera que el AEPT dejó de ser el único prestador del servicio de Banda Ancha Fija (BAF).
Para Alexander Elbittar, la decisión se tomará sin que a la fecha se conozca cuántos operadores han usado la infraestructura de última milla del preponderante, las inversiones realizadas para llegar a los consumidores y sobre todo, cuántas personas en las localidades que integra la resolución, tienen dos o más alternativas de servicio.
La competencia, expone el académico, es efectiva cuando en un mercado los consumidores pueden elegir entre varias opciones; es decir, si un agente sube el precio, es posible recurrir a otra alternativa. “Esto es lo que aún no se ve, y tampoco he visto un análisis profundo sobre esto”.
“Si hay una institución que tiene la capacidad técnica, los datos y el capital humano altamente especializado para hacer ese análisis de competencia que se requiere para declarar condiciones de competencia donde se quiere dar la libertad tarifaria, es el IFT. Me preocupa que esto sea el inicio de una secuencia de decisiones que se pueden dar en el mismo sentido”.
Por su parte, Elena Estavillo, especialista en competencia económica, sostiene que el análisis del órgano regulador es meramente descriptivo y sólo enfoca algunos aspectos insuficientes para reflejar el estado de la competencia y la concurrencia.
La directora de Centro-i, coincide en que para proponer la modificación, adecuación o eliminación de obligaciones asimétricas se requiere forzosamente un análisis de competencia.
Sin embargo, ni en la segunda resolución bienal ni en el documento de criterios y umbrales para determinar la libertad tarifaria del AEPT, el IFT realiza este ejercicio integral de las condiciones que prevalecen en el mercado.
“El análisis de competencia no puede limitarse a la definición de umbrales. No existe un nivel de participación o concentración de mercado a partir del cual se pueda concluir automáticamente que exista competencia”.
De acuerdo con datos de la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (Canieti), los municipios donde se pretende otorgar libertad tarifaria, representan más del 47 por ciento de los accesos de Banda Ancha Fija (BAF), y donde se genera un gasto superior a los 107 mil millones de pesos al año en servicios de telecomunicaciones, es decir más del 50 por ciento de los ingresos totales del mercado fijo.
C$T-GM