En el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que en septiembre próximo cumplirá sus primeros nueve años de existencia, hay tres sillas vacías y pese al franco incumplimiento constitucional que ello significa y las implicaciones regulatorias de corto y largo plazo, es notorio el mutis en el Congreso e incluso al interior del propio órgano regulador.
En 2013, a partir de la reforma constitucional, se creó el órgano regulador de las telecomunicaciones y la radiodifusión en México. El nuevo ente nació con “dientes” diseñados para enfrentar un mercado en que las prácticas monopólicas eran el pan de cada día y las artes litigiosas de los jugadores eran capaces de empantanar por años las decisiones de la autoridad antecesora.
Para su debido funcionamiento, el Legislativo reformó el artículo 28 de la Constitución: El órgano de gobierno del instituto debe estar integrado por siete personas, incluyendo al presidente. Hoy, el Pleno del IFT toma decisiones con base en los votos, perspectivas y análisis de sólo cuatro comisionados.
Ello, gracias a la omisión y desinterés del Ejecutivo en el nombramiento de las tres comisionadas que faltan para completar el Pleno del regulador, y ante lo cual la oposición en el Congreso se ha mantenido totalmente ausente.
En opinión de Michel Hernández, director general de Observatel, las consecuencias de que el IFT continúe con un Pleno incompleto, van más allá del puntual desahogo de los asuntos que cotidianamente abordan y resuelven los actuales comisionados.
“Es un tema de defensa institucional… Es una situación que puede acabar muy mal si no se hace nada. Llevarla al extremo esperando a ver qué pasa, si algún día se nombran a las candidatas o si avanzan los mecanismos que desde la sociedad civil se han echado a andar, pero sobre todo, sin recurrir a los mecanismos que se tienen al alcance”.
En opinión del especialista, es momento de definiciones, pues en septiembre próximo se cumplen ya nueve años de la creación del regulador, y sería muy lamentable que llegara a su primera década con un Pleno incompleto y que además no hizo valer todos los recursos a su alcance para cumplir con su mandato constitucional.
En abril pasado Observatel dio cuenta de la demoledora respuesta que recibió por parte del Ejecutivo como parte del juicio de amparo promovido para que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, envíe sus propuestas de candidatas a comisionadas: las listas recibidas carecen de validez debido a que fueron emitidas únicamente por dos de los tres miembros del Comité de Evaluación.
La Constitución establece que el Comité de Evaluación, encargado de enviar al Ejecutivo las listas de candidatas y candidatos a comisionados de órganos autónomos como el IFT y la Cofece, estará integrado por los titulares del Banco de México, el INEE y el INEGI.
Sin embargo, en 2019 desapareció el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), por lo que el Ejecutivo argumenta que para considerar legalmente constituido el Comité de Evaluación se debió incorporar a dicho órgano a la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
Como esto no sucedió, el presidente “no se encuentra en aptitud legal de proceder a seleccionar y proponer al Senado de la República a candidatos para ocupar los cargos de comisionados”.
El argumento del Ejecutivo, explica Michel Hernández, es preocupante porque todo indica que el presidente López Obrador no seleccionará a las candidatas y candidatos a comisionados del IFT y Cofece de las listas que ya le fueron enviadas por el Comité de Evaluación, salvo que el Poder Judicial lo ordene.
“A partir de esto, se presentó la ampliación de la demanda señalando la negativa y las razones del Ejecutivo para no nombrar y eso generó un recurso donde el Ejecutivo combate la ampliación de la demanda, el problema fue que a partir de esto, la audiencia se recorrió… Hoy no hay fechas ciertas para que se resuelva esto, el Poder Judicial está claramente saturado y el procedimiento sigue su curso pero faltan de desahogar varios pasos y no se sabe cuándo se pueda tener una resolución sobre el fondo del asunto”.
La falta de nombramientos de integrantes del Pleno del IFT no es cosa menor, incluso el VI Consejo Consultivo emitió en junio pasado una Opinión en la que señala que esta situación genera un obstáculo para que el órgano regulador pueda ejercer sus facultades de manera adecuada y cumplir con sus atribuciones.
Y es que a partir de la salida del ex comisionado Adolfo Cuevas Teja, el quorum actual del IFT ya no le permite modificar su Estatuto Orgánico, o ejercer algunas facultades en materia de competencia económica y, además, pone en riesgo el funcionamiento del Pleno para asuntos ordinarios ya que se encuentra funcionando al límite en el número de comisionados permitido por su Estatuto reformado.
Así, el grupo especializado señaló que promover una controversia constitucional por la falta de nombramientos de comisionadas es un paso que debería dar el Pleno para conseguir un pronunciamiento firme sobre los “vicios en el procedimiento” de selección de aspirantes que observa el Ejecutivo.
Con la interposición de la controversia constitucional, podría conseguirse un pronunciamiento firme respecto a si el vicio alegado por el Ejecutivo existe y, si debe llevarse a cabo un nuevo procedimiento con la participación de un órgano subordinado al Ejecutivo, si se requiere una reforma Constitucional al proceso de selección o, por el contrario, el Ejecutivo Federal debe nombrar a los Comisionados a partir de las listas que tiene en su poder.
Así, el Consejo Consultivo consideró que la interposición de una controversia constitucional es el medio idóneo para lograr certeza sobre el nombramiento de los comisionados antes de que se agrave la situación, pues se trata de un mecanismo de una sola instancia que puede acabar con la incertidumbre con un pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
“En el órgano máximo de decisión del IFT, que es el Pleno, por lo menos se debe plantear si es conveniente que promuevan la controversia constitucional. Es indispensable que este tema esté en la agenda de corto plazo del Pleno y que por lo menos planteen esta posibilidad y que cada quien exponga sus razones de por qué sí o no, más allá de que se sigan desahogando los asuntos”, opina Michel Hernández.
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