“notificación y retirada” con fuerte carga de censura.
Con las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) y al Código Penal Federal para adecuar la legislación mexicana al capítulo de propiedad intelectual del T-MEC aprobadas en el Senado, se corre el riesgo de convertir a los proveedores de servicios de internet en autoridades capaces de definir si un contenido infringe derechos de autor o de propiedad intelectual, aseveró Mario Fromow, comisionado del IFT.
“Lo que se aprobó en esta adecuación de las leyes para la entrada en vigor del T-MEC tiene muchas implicaciones dado que maneja la posibilidad de que los representantes de los derechos de autor o de propiedad intelectual contacten directamente a los proveedores de servicios de internet y estos se conviertan en cierta forma en una autoridad para definir si bajan o no un contenido de un usuario que considere el titular de los derechos que está infringiendo el derecho de autor o de propiedad intelectual”.
Al participar en el foro virtual Análisis y Debate. Neutralidad de la Red en México, organizado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), el funcionario dijo que a diferencia del sistema de derecho en Estados Unidos, en México no existe la posibilidad de establecer un procedimiento que privilegie los derechos de los usuarios.
“En Estados Unidos funciona bien por una sencilla razón, allá hay grandes asociaciones que ya tienen automatizado el servicio, inclusive con un código para aquellos contenidos que ya están reconocidos como un derecho para los autores o derecho de propiedad intelectual. Estas organizaciones son las que contactan a los proveedores de servicios de internet y se hace todo el procedimiento”.
Si un usuario, detalló, considera que su contenido fue ilegalmente bajado o que es propio y no debe ser sujeto al principio denominado “notice and take down”, puede reclamar por la vía legal y acceder a indemnizaciones de forma expedita.
De acuerdo con especialistas de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), este mecanismo también conocido como “notificación y retirada”, previsto por las leyes de Estados Unidos, lleva implícita una fuerte carga de censura.
“Si una persona alega que un contenido o publicación viola sus derechos de autor, los proveedores de servicios de Internet deberán removerlo, sin necesidad de aportar pruebas sobre la infracción y sin la orden de una autoridad judicial”.
La organización R3D subraya que además que la “notificación y retirada” es violatoria del derecho a la libertad de expresión, consagrado en los artículos 6 y 7 de la Constitución, México no está obligado a implementar este mecanismo, ya que el T-MEC reconoce que las adecuaciones deben respetar las disposiciones constitucionales vigentes.
C$T-GM