El periodo establecido para vincular las líneas móviles a la identidad de los usuarios, no tendrá una prórroga, pues la fecha límite está establecida en la ley, por lo que aquellos números que no sean asociados antes del 30 de junio, serán inhabilitados y sólo se podrán usar para realizar llamadas de emergencia, recibir alertas o llamar a su proveedor para realizar el trámite.
“No está hoy en día sobre la mesa considerar una prórroga, por un motivo principal: la fecha límite para el registro, está en el Artículo Trigésimo Transitorio de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión”, explicó Ricardo Castañeda, director de Política Regulatoria.
En entrevista con ConsumoTIC, el funcionario dejó en claro que “no es una fecha que de manera unilateral la Comisión haya decidido y por lo tanto la CRT estaría impedida para realizar alguna prórroga”.
De acuerdo con la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), desde que arrancó el plazo el 9 de enero y hasta el pasado 29 de enero, 5 millones 904 mil 276 líneas ya fueron vinculadas con la identidad de un titular.
Al respecto, el funcionario de la autoridad reguladora insistió en que el plazo está establecido en el Artículo 30 Transitorio de la Ley y por lo tanto, si se llegara a considerar eventualmente una prórroga, correspondería al Congreso de la Unión establecer alguna modificación a dicho marco legal para cambiar el plazo.
El referido artículo transitorio señala que: “La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, en un plazo que no exceda de ciento veinte días hábiles contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, emitirá los lineamientos para la identificación de líneas de servicio móvil.
Transcurridos ciento veinte días hábiles posteriores a la conclusión de la implementación de la medida, toda línea que no se encuentre asociada a un usuario final identificado será suspendida”.
En cumplimiento a lo anterior, la CRT emitió en diciembre pasado los Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles, que entraron en vigor el 9 de enero, en cuyo artículo sexto transitorio se lee que una vez transcurridos los seis meses establecidos, los proveedores del servicio de telefonía móvil están obligados a deshabilitar el servicio de todas las líneas que no se encuentran vinculadas a un titular.
“Por eso no es algo que la Comisión esté ponderando: porque estamos obligados por Ley a observar ese plazo de los 120 días hábiles que vienen en la ley”, plazo que se vence el 30 de junio, señaló Ricardo Castañeda, quien aclaró que aquella persona que no haya cumplido con el procedimiento al llegar esa fecha, no perderá su número, ni su saldo y mantendrá sus obligaciones con el operador en el caso de pospago.
También, como señala la propia Ley, aquellas líneas que no hayan sido vinculadas, serán inhabilitadas y solamente podrán ser utilizadas para realizar llamadas a números de emergencia y atención ciudadana, aunque pasado el plazo, los usuarios podrán realizar el proceso de vinculación en cualquier momento para recuperar plenamente sus servicios.
Respecto al registro de las líneas de pospago, donde se ha dicho que los usuarios no tienen que hacer nada porque están vinculadas desde un inicio con su identidad, el funcionario precisó que cada operador deberá revisar en detalle los casos particulares, pues en efecto, algunas ya cumplen con lo señalado en los Lineamientos, pero otras no.
“Puede haber líneas de pospago contratadas de manera más o menos reciente y es probable que esas personas ya no requieran hacer nada, porque los sistemas bajo los cuales se llevaron a cabo estos registros ya contenían toda la información que hoy disponen los lineamientos; pero puede haber otra parte de usuarios de pospago, sobre todo quienes tienen contratos anteriores, que en su momento no aportaron los datos que hoy se requieren y estos usuarios deberán complementar lo que falte”.
De hecho, es posible que algunos operadores incluso excedan lo señalado en los Lineamientos y por lo tanto la recomendación de la CRT es que revisen qué tanto sus procedimientos se ajustan a lo estipulado en este último documento y hacer los ajustes necesarios.
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