Endurecimiento de sanciones provoca incertidumbre.
En el combate a las comunicaciones con fines delictivos desde los centros penitenciarios, es el Estado el principal responsable de estar a cargo de implementar las acciones conducentes, así como definir en colaboración con los operadores las alternativas más viables y razonables para evitar que ese tipo de delitos continúen operando.
«Es necesario fomentar políticas públicas orientadas a la colaboración en materia de seguridad entre concesionarios y el Estado. La industria de telecomunicaciones no puede ser la única responsable de realizar tareas de seguridad pública», indicó 5G Americas.
La organización conformada por proveedores de servicios y fabricantes líderes de la industria de las telecomunicaciones destacó que una de las principales acciones debería tener como objetivo minimizar la entrada ilegal de celulares a las penitenciarías y el uso de este tipo de dispositivos por parte de los reclusos con fines ilícitos.
«Es cierto que existen distintas soluciones tecnológicas para bloquear las radiocomunicaciones, pero cada una tiene puntos a favor y en contra. Además, ninguna de ellas es inocua. Aunque pueden bloquear las señales en las áreas penitenciarias, se corre el riesgo de bloquear también las comunicaciones que deben cursarse sin interferencias desde estas ubicaciones o en zonas aledañas».
A través de un comunicado explicó que el uso de bloqueadores de señal en los centros penitenciarios de México no pueden utilizarse sin impactar negativamente los asentamientos poblacionales en zonas aledañas, o incluso a las comunicaciones de las propias autoridades de seguridad y administración del penal.
«La funcionalidad de los bloqueadores de señal, depende de múltiples variables que van desde el material utilizado en la construcción de las paredes del edificio y el grosor de las mismas hasta la ubicación del bloqueador. Una mala calibración de este aparato puede dejar sin comunicación inalámbrica a los responsables de la seguridad del penal, lo cual sería contraproducente».
Por ello es recomendable que de manera coordinada las autoridades en colaboración con los operadores de la industria de telecomunicaciones definan cuales son los mecanismos y la forma más eficiente para bloquear las comunicaciones ilegales. «La industria puede ayudar a atenuar la comisión de estos actos, pero de ninguna forma puede ser la única responsable«.
Actualmente las empresas que operan la red móvil en México acatan obligaciones en materia de seguridad y justicia establecidas en el artículo 190 del Título Octavo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), en la cual se establece que el régimen de sanciones por incumplimiento de estas obligaciones (artículo 298)las cuales consideran multas que van desde el 1.1 al 4 por ciento de los ingresos del concesionario o autorizado.
Pese a ello en diciembre de 2018 se publicó en la Gaceta Parlamentaria número 5177-VI* donde se prevé reformar el artículo 298 y agregar un capítulo de “sanciones en materia de seguridad y justicia” que mantiene la multa sobre ingresos, pero añade la revocación de concesiones o autorizaciones como una sanción aplicable por el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
La organización resaltó la conveniencia de considerar que bajo el escenario actual los operadores móviles quedan expuestos a una posición contradictoria, pues por una un lado deben cumplir con el bloqueo de señales de comunicación en los centros penales, pero al mismo tiempo pueden ser sancionados en caso de afectar la calidad o continuidad del servicio para los usuarios residentes de ese entorno.
«5G Americas recomienda aumentar los espacios de colaboración entre Estado e industria, pues el endurecimiento en los términos que se propone genera incertidumbre para los concesionarios de red».
C$T-EVP