El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) otorgó en septiembre de 2019 una concesión a la empresa CFE Telecomunicaciones e Internet para Todos, para dar servicios de acceso a Internet a usuarios finales y en sitios públicos a cargo de programas o entidades de gobierno (en sus tres niveles). Esta concesión no es como la de otros proveedores de Internet, ya que es para uso público y la ley prohíbe su explotación con fines de lucro. Con este título, la CFE debe generar valor social en metas como la inclusión digital.
En 2016, el IFT otorgó a Telecomunicaciones de México (Telecomm) una concesión comercial para operar como red compartida mayorista y que era parte de los pasos para habilitar y crecer la Red Troncal como infraestructura a disposición de la industria. Como contexto, en la reforma de telecomunicaciones se estableció que la CFE cedería a Telecomm la concesión de red que tenía, precisamente en el contexto de la Red Troncal.
Los servicios que el Estado puede ofrecer a través de Telecomm son distintos a los de la CFE con “Internet para Todos”. La CFE no puede absorber la concesión comercial de Telecomm en “Internet para Todos” porque sería contrario al objeto de esta empresa e iría contra lo establecido para concesiones de uso público en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).
La concesión a CFE da más claridad sobre los límites de su nueva empresa, pero el título no es regulación asimétrica en sí. El IFT todavía puede ordenar condiciones específicas para evitar distorsiones de mercado. A continuación, se enlistan algunos apuntes de elementos destacados de la nueva concesión de la CFE.
Estructura, infraestructura y tecnología. La CFE obtuvo una concesión única de telecomunicaciones de uso público por 30 años.
Aunque puede brindar todos los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión que sean técnicamente factibles, el objetivo aparente es el servicio de acceso a Internet.
La concesión no le otorga espectro ni posiciones orbitales, que se obtienen por separado. La propuesta de egresos del paquete económico 2020 propone un presupuesto de MXN$ 1,095 millones para la empresa (US$ 54.8 millones aproximadamente), un 0.24 por ciento del gasto programable sugerido para la CFE para el próximo año.
Internet para Todos podrá utilizar un conjunto de elementos que son la “infraestructura” base de la CFE: la Red Nacional de Fibra Óptica, junto con la infraestructura pasiva y activa de la Comisión. La red de transporte de telecomunicaciones tiene una extensión de 50 mil kilómetros, indica la concesión.
La CFE puede utilizar distintas tecnologías de acceso como alternativas a fibra a hogares o edificios (FTTx): cable coaxial, par de cobre y acceso inalámbrico. Para este último no se le otorga espectro de uso exclusivo y puede utilizar bandas que no requieren licencia.
En este caso, las bandas de 2.4 y 5 GHz pueden utilizarse para los puntos WiFi, pero también puede utilizar segmentos para uso sin licencia, como 902-928 MHz o el 3.6-3.7 GHz. Aunque el rango 3.3-3.8 GHz se considera como espectro que puede apoyar el desarrollo de redes 5G, debe recordarse que CFE no puede operar en donde exista cobertura móvil garantizada 3G en adelante.
La concesión no da a “Internet para Todos” derecho preferencial o exclusivo sobre la infraestructura de la CFE (que también puede utilizar Telecomm, por ejemplo), ni de terceros. No restringe tampoco que CFE pueda aprovechar infraestructura compartida de terceros (¿América Móvil, Red Compartida?).
Restricciones. Hay tres restricciones eje para la CFE como proveedor de Internet. No puede operar en alguna localidad que cuente con una o alguna combinación de las siguientes condiciones: disponibilidad de servicios de Internet fijo (tecnologías cableadas o fijas-inalámbricas), tener cobertura de red móvil garantizada 3G o superior, o que ya se presten servicios de Internet con tecnología satelital (cobertura no es lo mismo que servicio). Aparentemente, la variable de interés es oferta de servicios en tecnologías fijas y cobertura en movilidad.
Aunque la cobertura satelital teóricamente permite cobertura nacional, no necesariamente hay servicios en todas las localidades. De acuerdo con el IFT, hay 848 municipios que no tienen Internet fijo (34 por ciento aproximadamente), pero eso no quiere decir que esa sea la potencial área de acción de CFE, pues falta tomar en cuenta la cobertura 3G.
De acuerdo con datos del IFT sobre cobertura móvil, para 2018 se calculaba que aproximadamente 6.93 millones de personas habitaban 60 mil 829 localidades que carecían de cobertura 3G. Si esta medida es un predictor aceptable de la población objetivo que tendría la CFE, entonces aproximadamente esta representaría el 6.0 por ciento de la población nacional distribuida en el 32 por ciento de las localidades pobladas.
La CFE debe operar sin fines de lucro, pero puede cobrar cuotas de recuperación de costos. Las tarifas y servicios de la CFE deberán estar inscritas en el registro público de concesiones como ocurre con otros proveedores y los servicios de la CFE deben cumplir con los parámetros de calidad establecidos.
Ámbito geográfico. La unidad de operación es la subdivisión del municipio: las localidades. Estas se definen como una zona que tiene algún nombre legal o designado por alguna costumbre y que cuenta con una o más edificaciones que pueden estar habitadas o no.
Esto implica que la CFE y otras empresas de Internet pueden operar en un mismo municipio, pero en distintas localidades. En el desarrollo de la nueva empresa de la CFE será interesante ver cómo influye el criterio de la cobertura territorial, es decir, si también desplegarán cobertura en localidades sin población.
La presencia de la CFE y otros proveedores de Internet en un mismo municipio abre la puerta a otras preguntas, como si la CFE tendrá acceso a infraestructura compartida de terceros que está en el municipio (pero en diferente localidad) o si el IFT detecta distorsiones de mercado en el contexto de las localidades como parte de municipios metropolitanos o conurbados.
Competencia.
¿Qué sucede si llega una empresa a una localidad atendida por “Internet para Todos”? El IFT establece en la concesión que la CFE solo podría continuar dando el servicio si no distorsiona el mercado, lo que implica una evaluación del caso en particular. Esto abre la puerta a preguntas como qué pasaría en ese caso durante el tiempo que dure la evaluación, cómo se aprovechará la infraestructura que haya instalado la CFE o qué sucederá con el costo del servicio.
El escenario parece extremo, pues si no llegaron otros proveedores antes, ¿qué los llevaría ahora a estas localidades? Pero debe recordarse que hay obligaciones de cobertura que deben cumplir por ejemplo Altán con la Red Compartida o AT&T y Telefónica que deben llevar cobertura a ciertas localidades como parte de las condiciones de la licitación de la banda de 2.5 GHz de agosto de 2018.
El gobierno y los concesionarios pueden solicitar al IFT que investigue posibles distorsiones ocasionadas por la operación de telecomunicaciones de la CFE y el regulador también tiene la opción de investigar por iniciativa propia. La concesión sugiere que los proveedores que no estén regularizados (no tengan concesión) no podrán pedir una investigación de este tipo, lo que puede colocar a la CFE y a estos grupos en curso de colisión en algunas localidades.
Sitios públicos. La CFE a nivel nacional puede dar servicio en áreas denominadas como “sitios públicos”. Estos sitios ya están descritos en la LFTR y son ubicaciones a cargo de dependencias o programas de gobierno (en sus tres niveles) y abarcan oficinas, centros comunitarios, educativos, de salud y otros descritos en la Ley.
Aunque estos espacios son públicos y de carácter gubernamental, queda abierta la pregunta acerca de si CFE puede afectar la oferta de empresas privadas enfocadas en el sector público en servicios TIC o de conectividad.
La neutralidad de competencia que menciona el IFT es aplicable a la relación entre CFE y las autoridades a cargo de los sitios públicos. Las condiciones deben ser parejas para prestar servicio de acceso en sitios públicos. La CFE también debe apegarse a programas de cobertura social que impliquen dotar de conectividad sitios específicos a cargo del Ejecutivo o acordados con el IFT.
El Ejecutivo como conductor de la agenda de inclusión digital y el IFT como regulador pueden influir en la cobertura de CFE en sitios públicos.
La concesión de Telecomm. CFE no absorbe la concesión comercial de Telecomm, pero no hay claridad sobre que sucederá con el rol de este organismo y su concesión comercial para el desarrollo de la Red Troncal, cuya licitación se canceló en 2019. Ni “Internet para Todos” ni Telecomm tienen derecho exclusivo sobre la infraestructura de red de la CFE. Aunque la concesión de Telecomm sigue vigente, no hay claridad sobre el rol del Estado como proveedor comercial de servicios mayoristas a la industria.
Desde la reforma de telecomunicaciones 2013–2014 es claro que en la Ley se tiene el objetivo de dar servicios de telecomunicaciones en condiciones de competencia y servicio universal. La ley establece límites entre concesiones de uso público y comercial que sirven a ambos propósitos que el Estado debe mantener en esta nueva etapa en la que puede operar en ambas modalidades, pero con proyectos distintos.
C$T-EVP