También resolvió precios tope establecidos en la Medida 40
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió la regulación tarifaria aplicable a Teléfonos de México (Telmex) y Teléfonos del Noroeste (Telnor), así como el sistema de precios tope que el Agente Económico Preponderante (AEP) deberá aplicar en el sector de las telecomunicaciones.
«Con esta regulación tarifaria se promoverá que los precios de la empresa regulada experimenten una tendencia a disminuir conforme a las mejoras en eficiencia e innovación tecnológicas implementadas, todo ello en beneficio de los usuarios finales».
El IFT indicó que este control tarifario vigente para 2015-2018, se aplica a los servicios públicos de telefonía básica: local, residencial y comercial (incluye cargo de instalación de línea, renta básica y tarifas por servicio medido), así como el de larga distancia internacional (tarifa por servicio residencial o comercial a Estados Unidos de América, Canadá, y demás países).
El órgano regulador indicó que el Factor de Ajuste por Productividad “X” de 0.35 por ciento trimestral, equivalente a 1.39 por ciento anual, fomentará la eficiencia operativa del AEP y promoverá una reducción de precios al usuario final.
El Pleno del IFT también autorizó los parámetros del sistema de precios tope que deberá aplicar el AEP en el sector de telecomunicaciones para el periodo 2015-2016, de conformidad con la medida Cuadragésima, del anexo de servicios fijos de Medidas de Preponderancia, aplicable a servicios de telecomunicaciones fijos:
– Servicio local fijo (integra cargo de instalación por línea, renta básica por línea, tarifas por servicio local medido y tarifas por llamadas locales realizadas desde teléfonos fijos que
terminan en teléfonos móviles bajo la modalidad “El que llama paga”.
– Servicio de acceso a Internet de banda ancha fija desagregado por velocidades ofertadas.
– Servicios de larga distancia.
«Este otro control tarifario establece que las tarifas aplicables por el AEP estarán sujetas a un control de precios autorizado por el IFT, en el cual se aplicará un límite máximo a la tarifa promedio ponderada de la canasta de servicios de telecomunicaciones».
En este caso el Factor de Ajuste por Productividad «X» para establecer el límite máximo a la
tarifa promedio ponderada de la canasta de servicios de telecomunicaciones fijos será de 2.58 por ciento anual y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2016.
Otra resolución del Pleno del IFT fue determinar las condiciones no convenidas del servicio mayorista de arrendamiento de enlaces dedicados entre Mega Cable y las empresas Telmex/Telnor, aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016, lo cual incluye: tarifas por gastos de instalación y renta mensual
en enlaces locales y dedicados en localidades y de larga distancia internacional.
C$C-EVP