IFT conformó III Consejo Consultivo
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó el Primer Programa Trianual para la construcción y crecimiento de la Red Troncal Nacional por parte de Telecomunicaciones de México (Telecomm).
Ello, en cumplimiento con lo dispuesto en la condición 8.3 de su título de concesión y en los Lineamientos para el Acceso Efectivo y Compartido a la Infraestructura de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
El objetivo del Programa Trianual es que Telecomm pueda planear, diseñar y ejecutar la construcción y el crecimiento de una red troncal de telecomunicaciones robusta y de cobertura nacional.
En dicho plan se establecen actividades a ejecutarse en cuatro etapas que permitirán transitar de un modelo de operación de corto plazo, donde se aprovecha la infraestructura disponible por parte de la CFE y Telecomunicaciones de México, hacia un modelo de operación de largo plazo para despliegue de kilómetros de fibra óptica e instalación de puntos de presencia que cumplan con directrices y parámetros de calidad.
Asimismo, se prevé la coordinación con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) en lo relativo a los programas de cobertura social y de conectividad en sitios públicos, a fin de llegar a zonas de difícil acceso, generando así condiciones para promover el desarrollo del sector de las telecomunicaciones y de la economía.
Tres meses antes de que concluya el actual programa trianual vigente, Telecomm deberá presentar al IFT un nuevo programa para la construcción y crecimiento de la red troncal que permita preparar las estrategias, ajustes y plazos para el siguiente ciclo de planificación así como dar continuidad al anterior.
El Pleno del Instituto informo que también se aprobó la integración de su III Consejo Consultivo, que llevará a cabo sus actividades durante un año a partir de su instalación y que estará integrado por expertos de reconocido prestigio y conocimiento en las materias de telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica.
Los integrantes de este grupo que fueron valorados por el Pleno para su nombramiento son:
De esta forma se cuenta con un órgano consultivo, de carácter honorario, al que se integran destacados especialistas que aportarán su conocimiento y experiencia para beneficio de los sectores de las telecomunicaciones y la radiodifusión en México”, dijo el IFT.
En los próximos días, el Secretario del Consejo Consultivo convocará a sus integrantes para llevar a cabo su reunión de instalación, en la que se les tomará protesta y darán inicio a sus actividades.
El IFT recordó que el II Consejo Consultivo celebró 10 Sesiones Ordinarias y emitió 13 recomendaciones al Instituto sobre diversos temas en materias de su competencia. Al concluir su labor como Presidente del II Consejo Consultivo, el Dr. Ernesto M. Flores Roux presentó al Instituto el Informe Anual de Actividades de dicho Consejo (Marzo 2016 a Marzo 2017).
Atiende IFT ejecutorias del Poder Judicial
Por otro lado, en cumplimiento a la ejecutoria del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, el Pleno del Instituto dejó insubsistente la resolución P/IFT/041115/512, e instruyó a la Unidad de Política Regulatoria a reponer el procedimiento requiriendo a Axtel-Avantel a precisar en qué consiste el “Servicio 900”.
Ello, para que las partes involucradas tengan la oportunidad de aportar las pruebas, alegatos y consideraciones pertinentes, para que en el momento procesal oportuno se someta a consideración del Pleno el proyecto de resolución que corresponda.
De igual manera, en cumplimiento con ejecutorias del Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, el Pleno aprobó dejar insubsistente la resolución P/IFT/170216/37 que originalmente resolvía un desacuerdo entre Marcatel y Pegaso PCS.
Además, procedió en el mismo sentido en la resolución P/IFT/080616/242 que se emitió para resolver un desacuerdo entre Maxcom y Grupo AT&T, toda vez que el Tribunal Colegiado estimó en ambos casos que la presentación de las respectivas solicitudes de desacuerdo de la que derivaron las resoluciones administrativas impugnadas, fueron presentadas con posterioridad al 15 de julio de 2015, incumpliendo con la obligación impuesta en el artículo 129 de la LFTyR.
Finalmente, el Pleno del Instituto impuso dos multas por prestar el servicio de radiocomunicación privada usando las frecuencias 91.1 MHz y 90.5 MHz sin contar con la concesión debida en los estados de Morelos y Yucatán, respectivamente, y declaró la pérdida en beneficio de la Nación de los bienes y equipos empleados en la operación de dichas frecuencias.
C$T-GM