Analizará capacidad técnica y económica de interesados.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publicó la convocatoria a la licitación (IFT-9) para concesionar 40 MHz de espectro disponibles en la banda de frecuencias 2000-2020/2180-2200 MHz para la prestación del Servicio Complementario Terrestre del Servicio Móvil por Satélite.
“Como se muestra en la Figura 1, existen 40 MHz de espectro que están disponibles en la Banda de 2 GHz, divididos en dos (2) Bloques denominados Bloque S1 y Bloque S2”, refiere la publicación del órgano regulador en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El documento subraya que el mecanismo de asignación será a sobre cerrado a primer precio, en el cual los participantes deberán presentar sus Ofertas de manera simultánea; el participante ganador será aquel que presente la única Oferta más Alta, es decir, la Oferta Ganadora.
Para la determinación de los interesados que podrán adquirir el carácter de participantes, el Instituto revisará el cumplimiento de las capacidades administrativa, técnica, jurídica y económica de los mismos, con la información y documentación correspondientes a los requisitos establecidos en las Bases de la Licitación, los cuales serán considerados en el Dictamen Técnico-Jurídico y en el Dictamen de Competencia Económica, que en su caso se emitan.
“De darse el caso que el Interesado acredite las capacidades administrativa, jurídica, económica y técnica, y cumpla con los requisitos correspondientes señalados en las Bases, se emitirá un Dictamen Técnico-Jurídico favorable, por lo que se podrá proceder a la evaluación de la información correspondiente al Apéndice E por parte de la Unidad de Competencia Económica”.
En dicha evaluación, el Instituto requerirá identificar si el Agente Económico Interesado, bajo su dimensión
de Grupo de Interés Económico y considerando a los Agentes Económicos con los que tiene vínculos de tipo comercial, organizativo, económico o jurídico, cumple con los criterios que se establecen en las bases para prevenir fenómenos de concentración contrarios al interés público.
Para estos efectos, las bases contienen el Formulario de Competencia, el cual precisa la información y documentación que deberán aportar los Interesados con el objeto de que el Instituto lleve a cabo la evaluación en materia de competencia económica, a efecto de tener elementos para determinar la procedencia del otorgamiento de la calidad de Participante.
“La Unidad de Competencia Económica elaborará el Dictamen de Competencia Económica, tomando en cuenta la información y documentación aportada por el Interesado. En él se identificará la tenencia espectral del Interesado, evaluado bajo su dimensión de Grupo de Interés Económico y considerando a los Agentes Económicos con los que tiene vínculos de tipo comercial, organizativo, económico o jurídico”.
En el acuerdo que en su caso emita el Pleno, a través del cual se otorgue la calidad de participante, el Instituto determinará, considerando el espectro que los interesados, directa o indirectamente, tienen concesionado actualmente, la cantidad de espectro por la que pueden participar sin superar el Límite de Acumulación de Espectro establecido en las bases del proceso de licitación.
C$T-GM