Deberá observar Indicadores Claves de Desempeño.
De los diversos inconvenientes que han enfrentado los competidores del Agente Económico Preponderante en Telecomunicaciones (AEPT), para alcanzar niveles de competencia efectiva, resalta la gestión de compartición de infraestructura en forma expedita y oportuna, por lo cual en la Segunda Revisión Bienal se adicionaron modificaciones relevantes que buscan eficientar y dinamizar la operación del Sistema Electrónico de Gestión, lo que además fortalecerá la acción reguladora del IFT.
«Uno de los tres ejes en los cuales se puso especial énfasis (en la Segunda Revisión Bienal) fue en la revisión de los mecanismos y herramientas de supervisión y verificación, lo cual está orientado básicamente a garantizar que se cumpla con lo que está mandatado en la Constitución, en la ley y las determinaciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones», precisó Lorely Ochoa Moncisvais, directora General de las Telecomunicaciones y la Radiodifusión en el IFT.
Aunque la operación del SEG continuará bajo la tutela del AEPT, se adicionaron varias medidas para que garantice un mecanismo de comunicación eficiente y conectado al resto de las opciones que tenga de manera interna, con lo cual cumpla con su función de gestionar en forma eficiente la infraestructura que sea del interés de sus competidores, así como toda la información que requiere para hacer efectiva en tiempo y forma esta demanda.
«Lo que se buscó con las modificaciones adicionadas y fijar la elaboración de bitácoras y reportes (sobre la operación del SEG) es que el instituto cuente con más información que sea más fiable y completa para atender cualquier posible desviación del cumplimiento de obligaciones, por parte del AEPT».
Por su parte, Víctor Manuel Rodríguez Hilario, titular de la Unidad de Política Regulatoria, detalló que en la Revisión Bienal se buscó tener mayor dinamismo para poder observar posibles retrasos o incumplimientos del AEPT, para que en su caso se busquen los causes legales establecidos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) y sancionar esas acciones, conforme a ley.
«En la revisión no se trató de generar una nueva ley y tirar otra, sino establecer indicadores de desempeño para conocer qué tanto se tarda en cargar una página, en que tiempo responde una petición, qué tanta información tiene (en el SEG), todo ello vigilado por un Comité donde hay una participación dinámica de los competidores, y donde se discutirá con el AEPT, los otros operadores y el instituto, cuáles serán los Indicadores Claves de Desempeño, y la mejor forma de instrumentarlos».
Además de nuevas herramientas, la participación de los comités donde están los competidores del AEPT, será clave para tener avances sustanciales, pues será la propia industria la que fije los aspectos más importantes en la provisión de los servicios mayoristas y en función de ello y su viabilidad técnica de implementación se puedan definir términos idóneos en los que se debe de operar correctamente el SEG.
Ochoa Moncisvais destacó que la regulación asimétrica es una habilitadora para que los usuarios finales ejerzan sus derechos y para que los operadores puedan hacer uso de la red con mayor cobertura a nivel nacional y en función de ello, puedan llevar servicios a más usuarios en localidades donde actualmente no tienen presencia, ello conjugando la regulación de medidas asimétricas del IFT, con la toma de decisión de negocio de los distintos operadores.
El SEG opera como un instrumento para solicitar, gestionar y dar seguimiento a los servicios y reportes relacionados con la provisión de los servicios mayoristas, como consulta tanto para operadores y para el propio órgano regulador; sin embargo, se detectaron limitaciones, distintas vías de comunicación alternas al sistema; así como imprecisión en la información integrada, lo que obstaculizaba su eficiente operación.
Con la revisión y adecuaciones realizadas ahora se tienen Ofertas de Referencia y Convenio Marco de Interconexión actualizados en todos sus términos, así como todas las condiciones sobre la provisión de servicios mayoristas, todo lo cual, deberá reflejarse en el SEG.
Entre las nuevas obligaciones que tendrá que cumplir el AEPT se encuentra la de realizar de manera automatizada, bitácoras con el registro detallado histórico de interacciones que se generen en el SEG, entre la firma y los operadores competidores, así como cambios y adecuaciones en el diseño y estructura del sistema.
El Sistema Integrador para Operadores, también deberá observar diversas obligaciones en relación con el Sistema Electrónico de Gestión, con lo cual se espera facilitar de manera eficiente y efectiva sobre la prestación de los servicios mayoristas, y al mismo tiempo proveer de información a la supervisión y tareas de verificación que realizará el IFT.
C$T-EVP