Tampoco hay autorización para oferta de monedas estables.
Mensaje sumamente necesario, fue lo comunicado por el Banco de México (Banxico) que realizó precisiones muy pertinentes como que los activos virtuales o criptomonedas en México no están consideradas monedas de curso legal, ni tampoco divisas legales vigentes, de tal manera que las instituciones financieras que realicen y ofrezcan al público realizar operaciones con este tipo de “activos» sin una autorización incurren en infracciones a la normativa y serán sujetas a sanciones.
«Las instituciones financieras del país no están autorizadas a realizar y ofrecer al público operaciones con activos virtuales, tales como Bitcoin, Ether, XRP y otros con el fin de mantener una sana distancia entre estos y el sistema financiero. Quienes emitan u ofrezcan dichos instrumentos serán responsables por las infracciones a la normativa que ello ocasione y quedarán sujetos a las sanciones aplicables», advierte el banco central a través de un comunicado.
Lo anterior por considerar que las denominadas criptomonedas suelen ser activos con un valor muy volátil y especulativos y aunque se han utilizado para realizar intercambios, estas no cumplen con las funciones del dinero, «pues su aceptación como medio de pago es limitada y no son una buena reserva ni referente de valor», precisó la institución responsable de la política monetaria de México.
El banco central destacó que desde 2014, 2017 y 2019 se han realizado reiteradas advertencias sobre los riesgos inherentes que tiene el uso de los “activos virtuales” como medio de cambio, como depósito de valor o incluso como otra opción de inversión.
En su calidad de autoridad reguladora, destaca también que no hay autorización para la oferta del servicio de manejo de saldos denominados en pesos o divisas derivados de la captación de recursos a través de depósitos del público en general, a través de esquemas tecnológicos relacionados con cadenas de bloques o registros distribuidos, denominados “monedas estables” (en inglés, stablecoins).
Por ello, las instituciones financieras que realicen y ofrezcan operaciones con los denominados “activos virtuales” sin una autorización incurrirían en infracciones a la normativa y serán sujetos a las sanciones aplicables.
Precisó que a partir de 2018, la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Fintech) considera que las instituciones de crédito puedan realizar operaciones con algunos activos virtuales, pero estos deberán ser determinados por el Banxico mediante la emisión de disposiciones de carácter general, una vez cumplida esta fase, se otorgará previa autorización a las instituciones interesadas en realizar dichas operaciones de acuerdo.
Banxico reiteró que con base en la normativa en vigor, las instituciones financieras no están autorizadas a celebrar ni ofrecer al público operaciones con activos virtuales, tales como el Bitcoin, Ether, XRP, entre otros, incluidos los depósitos o cualquier otra forma de custodia, así como el intercambio o transmisión.
C$T-EVP