Con la entrada en vigor de la “histórica” reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de plataformas digitales el domingo 22 de junio, todo está listo para que el 1 de julio inicie la prueba piloto de participación obligatoria para otorgar seguridad social a las personas que laboran de forma presencial a través de aplicaciones como Uber, Rappi y DiDi.
Dicho programa piloto, que permitirá aplicar en campo las reglas emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) durará seis meses, a partir del 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de este año, para que entre en vigor el 1 de enero de 2026.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) estima que en México existen 658 mil personas trabajadoras en plataformas digitales, de las cuales, 272 mil tienen un ingreso equivalente o superior al de un salario mínimo mensual.
“Es una reforma histórica que fue publicada el día 24 de diciembre del año 2024, en donde justamente se reconocen los derechos laborales de quienes trabajan de forma presencial a través de las aplicaciones”, dijo Marath Baruch Bolaños López, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Dijo que la construcción del nuevo marco legal se realizó a partir de un proceso de amplio diálogo con las empresas, organizaciones de las personas trabajadoras, el IMSS, con el Infonavit y con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Detalló que la reforma incorpora un nuevo capítulo en la Ley Federal de Trabajo que reconoce la relación laboral subordinada de manera especial, “sui generis, por así llamarlo”, de quienes alcancen al menos un salario mínimo mensual en esta actividad; y extienda, además, la protección en casos de riesgos de trabajo a quienes no lleguen a este umbral durante el tiempo efectivamente laborado.
El nuevo marco legal permite que quienes generen ingresos iguales o mayores al salario mínimo tendrán todos los derechos laborales reconocidos en la ley, incluyendo la afiliación completa al IMSS y al Infonavit, lo que significa que estarán asegurados en cinco áreas fundamentales: Riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, cesantía en caso de edad avanzada y vejez, invalidez y vida, acceso a guarderías y prestaciones sociales.
Al tener la posibilidad de cotizar al Infonavit, las personas que se emplean a través de plataformas digitales podrán generar un ahorro mensual en la subcuenta de vivienda, y quienes cumplan con los requisitos establecidos también podrán acceder a un crédito para compra, construcción o mejora de casa.
“Esto es un derecho que por primera vez se extiende a miles de personas repartidoras y conductoras que tendrán la posibilidad real de acceder a una vivienda con respaldo institucional”.
El titular de la STPS enfatizó que el objetivo de esta reforma es que se garanticen los derechos sin quitarle a las personas trabajadoras la libertad de elegir cómo, cuándo y cuánto tiempo trabajar, es decir, se mantiene el esquema de flexibilidad en el trabajo.
“Conservan su autonomía, pero, además, ahora lo van a hacer con reglas claras para evitar, así, abusos a las personas trabajadoras. Por ejemplo: Las personas ya no podrán cobrar por el uso de la aplicación, ni tampoco establecer restricciones arbitrarias para la conexión. Se eliminan, además, los cobros indebidos y se prohíben prácticas como la simulación de contratos civiles, para evadir responsabilidades laborales”.
También se pone orden en la gestión algorítmica. Las decisiones tomadas por algoritmos deben de ser transparentes, comprensibles y lo más importante: revisables por personas, que puedan justamente atender a las personas trabajadoras, también otras personas, en este caso inscritas en la propia plataforma.
“Nadie puede ser desconectado por un robot sin derecho a una audiencia. La desconexión inmediata, además, solo se permite en casos graves, como fraude o riesgos de seguridad. Y siempre deberá notificarse de manera muy clara y con justificación”.
Otro punto sustancial, añadió el funcionario, es que no hay un cambio en el régimen fiscal, ni aumento de impuestos con esta reforma; se mantienen las reglas actuales del ISR y del IVA.
“En este sentido, la formalización laboral no implica una mayor carga fiscal y esto ―hay que decirlo―, lo que sí implica es una importante ganancia en derechos para las personas trabajadoras; pero, reitero, no hay un aumento de impuestos para las y los trabajadores”.
C$T-GM