Fundamental evitar modelos restrictivos.
América Latina se vería beneficiada de un régimen más abierto a la difusión de contenidos, conocimientos y a la innovación en materia de derecho de autor en el entorno digital, y esto debería considerarse en futuras propuestas legislativas que pudieran impedir el desarrollo de los ecosistemas digitales locales.
“En el estado de excepción en el que todavía se encuentran la mayoría de los países, con variadas disrupciones de actividades económicas y de enforcement (aplicación) de regulaciones y derechos privados que podrían considerarse secundarios ante la emergencia y la preservación de la salud pública, han surgido tensiones sobre la privacidad y, en menor medida, sobre el ejercicio del derecho de autor”, señaló el investigador Sebastián Cabello, experto en políticas públicas digitales.
En un estudio publicado en la Revista Latinoamericana de Economía y Sociedad Digital, refirió que a partir de la aprobación de la Directiva Europea 2019/790 de derecho de autor se han creado desafíos contrapuestos en todo el mundo, que tienen su resonancia en América Latina, donde se deben reflejar las nuevas necesidades, sectores emergentes y dinámicas del mundo digital.
Sin embargo, considera que dadas las particularidades de América Latina, ese modelo restrictivo no sería viable; por ejemplo, citó el caso de Argentina, donde la educación virtual es un componente importante tras la emergencia sanitaria y no se tiene reglamentada la excepción para fines educativos del Convenio de Berna, ni los tratados de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI, o WIPO por sus siglas en inglés).
Al abordar el tema en el estudio “Aspectos clave para repensar el derecho de autor en el entorno digital en América Latina”, expuso que el entorno de Internet ha cambiado sustancialmente el modo en el cual se producen y consumen“ los contenidos y las obras sujetas a derechos.
Mientras que “en el diseño y la aplicación del régimen de derecho de autor ha predominado un enfoque legalista a favor de los sectores tradicionales (como las sociedades de gestión colectiva y medios establecidos) que no refleja las nuevas necesidades, sectores emergentes y dinámicas del mundo digital”, dejando a un lado elementos que reflejen el nuevo macroambiente.
“…Para de este modo dar mejor cuenta de los trade off subyacentes de innovación vs. defensa de la propiedad intelectual y de libertad de expresión vs. ejercicio de los derechos de autor”.
En opinión del experto, sería importante asociar el diseño del régimen de derecho de autor a un objetivo de política pública de promover el desarrollo de los ecosistemas digitales locales, en lugar de sucumbir a la “onda expansiva” de la Directiva Europea 2019/790, lo que ha llamado “Efecto Bruselas”.
Las implementaciones de esa iniciativa, “podrían impactar significativamente en el modelo funcional y de uso de Internet tal como lo conocemos en nuestra región. En la práctica, el peligro está en que el ecosistema digital opere de un modo más restrictivo, generando incentivos distorsivos sobre los distintos actores, y, en consecuencia, condicionando la producción, la creación de contenidos y la innovación basadas en lo digital”, advirtió.
En el texto citó el caso de México, donde en medio de la pandemia, se aprobó la reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor, que entró en vigor el 2 de julio 2020, la cual formaba parte de la armonización legislativa del nuevo Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (TMEC). Esta reforma alineó a México a las provisiones de la Digital Millennium Copyright Act (DMCA por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos.
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