Representa potenciales violaciones al T-MEC.
La “remuneración” por copia privada que se pretende imponer con la reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor es un gravamen que criminaliza a la tecnología, no considera que los hábitos de consumo han cambiado, podría violar tratados internacionales, ensanchar la brecha digital, y además es inconstitucional.
“Es en realidad la imposición de una carga (gravamen) entre dos particulares, que no tienen un vínculo jurídico y sobre el que no media consentimiento alguno (un impuesto entre particulares), por lo que estimamos viola los derechos fundamentales de igualdad y autonomía de la voluntad y es, por consiguiente, inconstitucional, expusieron cámaras y asociaciones de la industria como Canieti, ALAI y la Asociación de Internet .MX en una carta dirigida a la secretaria de Economía, Tatiana Clouthier.
En el texto, expusieron que la propuesta presentada por el diputado Sergio Mayer, criminaliza la tecnología “per se”, sin importar el uso que se le dé; es decir, se basa en la presunción de que todos los mexicanos que compran un dispositivo harán una copia de una obra protegida en el mismo. Sin embargo, realizar una copia privada es un uso legítimo de los consumidores, establecido en el artículo 148 de la Ley Federal de Derecho de Autor (LFDA).
Tampoco se considera que debido a las plataformas streaming los hábitos de consumo han cambiado y hacen obsoleta la necesidad de realizar copias, y que el 92 por ciento del contenido artístico disponible en las redes móviles del país ya paga regalías, por lo que de aprobarse el dictamen se aplicaría un doble cobro a los usuarios.
Ello porque la “remuneración compensatoria” impondría a todo equipo o dispositivo que permita almacenar, reproducir o copiar cualquier tipo de obras, tales como CD-R, memorias, discos duros, reproductores de MP3, teléfonos inteligentes, tabletas, computadoras personales, escáneres, impresoras, fotocopiadoras, grabadoras, entre otros aparatos.
“Este costo como cualquier otro impactará en el precio final ofertado en el mercado, lo que afectará la competitividad de todos los sectores de la economía y limitará el acceso a la misma por parte de los sectores más vulnerables de la población incrementando la brecha digital”.
Consideraron también que este pago adicional se podría equiparar a un arancel o tarifa encubierta, lo que puede constituir potenciales violaciones al T-MEC y a instrumentos comerciales internacionales, mediante los cuales el Estado Mexicano se comprometió a reducir aranceles a la importación o incluso eliminarlos para mercancías incluidas en el alcance del citado dictamen.
Ante la creciente necesidad de inclusión de todos los mexicanos a la vida y economía digital, “no solo resulta inviable, sino también poco aconsejable que se imponga un canon que encarecerá la conectividad, que es regresivo y que atenta contra el derecho de acceso a la conectividad de millones de mexicanos que aún no cuentan con acceso efectivo a dispositivos y consecuentemente a dicho servicio”.
No obstante, alertaron que con la eliminación del artículo 151 de la LFDA, se volvería ilegal el uso de secciones de obras protegidas que se encuentran en Internet, aún y cuando no se persiga un fin económico, así como su uso con fines de enseñanza y de investigación científica.
“Por ejemplo, si una persona graba a su hijo bailando una canción y la sube a sus redes sociales, se convierte en un infractor y los titulares de los derechos conexos estarán en posibilidad de demandar civilmente una compensación económica. Esto se traducirá en la criminalización de los usuarios y en una afectación a los derechos de libertad de expresión y de imprenta, protegidos por nuestra Constitución”.
Los firmantes de la carta son la Asociación Mexicana de Internet MX. (AIMX), la Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI), la American Chamber México (AMCHAM), la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI), el Consejo Empresarial Mexicano de Comercio Exterior, Inversión y Tecnología (COMCE) , la International Chamber of Commerce – Mexico (ICC).
Aunque estuvo en el orden del día del 29 de abril de la Cámara de Diputados, el dictamen de la iniciativa de reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor, en materia de copia privada, finalmente no se abordó en la sesión del segundo periodo de sesiones ordinarias de la LXIV Legislatura.
De acuerdo con el texto de la iniciativa, se prevé otorgar una remuneración compensatoria por copia privada justa a los creadores por su trabajo creativo, por las pérdidas económicas que sufre la industria cultural y los creadores, no una licencia general para la reproducción con fines de lucro.
Basándose en modelos que se aplican en Estados Unidos, Canadá y en países de Europa, quienes estarían obligados a cubrir esa remuneración serán los fabricantes, importadores, distribuidores y comercializadores de equipos, aparatos, soportes o instrumentos técnicos que permitan la reproducción sonora, visual o audiovisual.
C$T-GM