Grooming y ciberacoso, exigen especial atención.
En el mundo, más de mil 370 millones de estudiantes se vieron afectados por el cierre de escuelas, lo que incrementó de manera importante el tiempo que niñas, niños y adolescentes pasan usando redes y dispositivos de telecomunicaciones para desarrollar actividades educativas y de entretenimiento, por ende, también creció su exposición a amenazas y delitos cibernéticos como el grooming y el ciberacoso.
De acuerdo con la Guía de Ciberseguridad para el uso seguro de redes y dispositivos de telecomunicaciones en apoyo a la Educación, existe una enorme superficie de exposición a ataques cibernéticos dirigidos a la comunidad educativa.
En este contexto, el documento elaborado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), describe algunos de los riesgos y prácticas delictivas más comunes para que madres, padres de familia, tutores, docentes y los propios estudiante tomen en cuenta.
Online grooming. Este término se refiere al acoso o abuso sexual en línea e implica la interacción de un adulto con niñas, niños, adolescentes o jóvenes para ganarse su confianza e involucrarlos en alguna actividad sexual.
“Esta práctica tiene diferentes niveles de interacción y peligro: desde hablar de sexo e intercambiar material íntimo, hasta mantener un encuentro sexual. En el caso del online grooming el abusador envía, a través de un medio tecnológico, material sexual. En algunos casos, haciéndose pasar por un menor y adaptando su lenguaje al de la víctima”.
Cyberbullying o ciberacoso. Se genera con el envío, publicación o compartición de contenido negativo, dañino, falso o malo sobre otra persona; por ejemplo, información personal o privada que cause vergüenza o humillación.
“El cambio de las aulas a los medios electrónicos pone a los alumnos mucho más en contacto con la tecnología y podría incrementar su exposición al ciberacoso. Niñas, niños, adolescentes y jóvenes estudiantes, incluyendo aquéllos con discapacidades y quienes son percibidos como diferentes, pueden sufrir un mayor riesgo de acoso y discriminación en línea”.
Sexting. Si bien es un problema de seguridad por sí mismo, sí es una práctica de riesgo, sobre todo cuando implica a menores de edad. Consiste en el envío de contenidos de tipo sexual (principalmente fotografías y/o videos que contienen imágenes con poca o nula ropa, o que muestran o describen actividades sexuales).
“Estos contenidos son producidos, generalmente, por el propio remitente, para ser enviados a otras personas por medio de teléfonos móviles u otros dispositivos tecnológicos como tabletas o computadoras. El riesgo de practicar sexting radica en que, una vez que se envían estos contenidos, pueden ser utilizados de forma dañina por los demás”.
Contenido potencialmente dañino o ilegal. La Guía de Ciberseguridad subraya que el aumento de la actividad en línea puede exponer a niñas, niños, adolescentes y jóvenes a noticias falsas, retos que atenten contra su propia integridad, contenido violento, misógino, misándrico, xenófobo o que incite a la violencia, al suicidio, la autolesión o a desórdenes como la bulimia, anorexia u otras conductas dañinas.
El documento enfatiza que la importancia de que las madres, padres, tutores y docentes conozcan sobre las amenazas y riesgos a los que se enfrentan los menores de edad y jóvenes al utilizar dispositivos, plataformas, aplicaciones y, en general, las comunicaciones y tecnologías de la información.
“Es importante conocer las acciones para prevenir y enfrentar dichos riesgos, así como controlar los daños en caso de incidentes de ciberseguridad que afecten su integridad y bienestar físico y emocional”.
C$T-GM