A pesar de que la pandemia por Covid-19 empujó de manera intensa la telemedicina en todo el mundo, en la región de América Latina y el Caribe sólo dos de 26 países muestran más de 50 por ciento de madurez normativa en la materia y México se encuentra a media tabla con un porcentaje del 26.5 por ciento, reveló un análisis elaborado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
El documento titulado “Marco normativo de telemedicina”, exploró cómo se encuentran las normas en 26 países de la región; destacó que más allá de las consultas médicas a distancia, como primer elemento que se extendió rápidamente durante la pandemia, la telemedicina es un concepto mucho más amplio, que involucra no sólo a médicos y pacientes compartiendo consultas, sino también tecnología, conectividad, gobernanza y protección de datos, entre otros aspectos.
Al analizar la situación en América Latina y el Caribe, el BID señaló que de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, “la salud digital aparece como una oportunidad de mejora en la planificación, la gestión y la evaluación de la asistencia en salud y existe consenso sobre su contribución a la mejora de la calidad, eficiencia, efectividad y sostenibilidad de los sistemas de salud”.
Sin embargo, para saber cómo se encuentra el entramado jurídico en los países para dar soporte a este tema, el BID empleó una metodología donde analiza siete categorías; aspectos regulatorios; gobernanza; protección de datos personales; aspectos tecnológicos; actuación de los equipos de salud; participación de los pacientes; y aspectos jurídicos transversales.
Para describir la situación que vive cada país respecto a la normatividad para la telemedicina, el BID señaló cinco niveles: básico; fase de desarrollo; avanzado; óptimo y consolidado.
En estas categorías se define al nivel básico como “una situación de carencias normativas o ausencia de marcos regulatorios». Es decir que, en la dimensión que se evalúe, el país no cuenta con disposiciones normativas sobre telemedicina”; y el consolidado como aquellos “países con marcos normativos formados principalmente por leyes en sentido formal, reglamentadas, autosuficientes y acompañadas de procesos de seguimiento de medición y mejora continua”.
El análisis también evalúa la situación de la telemedicina en relación con la pandemia de Covid 19 y establece tres estatus. El primero es una respuesta pobre a la pandemia; el segundo lo integran marcos regulatorios que estuvieron vigentes sólo durante la emergencia sanitaria (en ese estatus se ubica México) y un tercero donde las normas para regular la telemedicina se han convertido en permanentes, a partir de las necesidades de la pandemia.
A partir de tal análisis, los países mejor evaluados fueron Perú, con 56.6 por ciento y Colombia, con 55.6 por ciento, en tanto los más atrasados resultaron Surinam y Haití, con 2.7 por ciento, mientras que México se ubicó más o menos a la mitad de la evaluación, en 26.5 por ciento.
De acuerdo con el análisis general, “en promedio, el 34.61 por ciento de los países se encuentran ubicados en el Nivel 1, el 46.15 por ciento en el Nivel 2 y el 19.23 por ciento en el Nivel 3. Ningún país logró alcanzar puntajes totales que permitan ubicarlos en el Nivel 4 o 5”.
En el caso de México, algunas de las métricas que destacan son el nivel 5 (consolidado), que alcanza en la subcategoría “servicios y herramientas digitales afines a la telemedicina” y el nivel 3 (avanzado) en la subcategoría “infraestructura y conectividad” ambos de la categoría 4 (“Aspectos tecnológicos de la telemedicina”.
De acuerdo con el BID México está en el nivel 4 (óptimo) en resguardo jurídico de los datos personales en salud; y titularidad, uso y transferencia de los datos de salud, ambos pertenecientes a la categoría 3, de protección de datos personales en telemedicina.
Sin embargo, esta categorización fue realizada previo a la reforma constitucional que elimina a los órganos constitucionales autónomos en México, incluido el INAI, encargado precisamente de la protección de datos personales, por lo cual es posible que alguna evaluación posterior pudiera registrar cambios en esta materia.
El análisis indica que “para lograr una implementación efectiva de los servicios de telemedicina, resulta necesario abordar cuestiones vinculadas a las normatividades, ya que si bien la tecnología surge como un elemento igualador y democratizador frente a las inequidades y barreras de acceso existentes en la región, la falta de legislación específica en materia de telemedicina desincentiva su uso”.
De ahí la importancia no sólo de desarrollar la tecnología que permita la generalización de la telemedicina, sino también del marco normativo que le dé coherencia, sentido y, sobre todo, aplicabilidad.
C$T-GM