La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), que entra en vigor este 13 de agosto, establece 21 derechos de los usuarios de telefonía móvil, fija e internet. En Con$umo Cuidado te decimos cuáles son:
1.- Como usuario de telefonía móvil, tienes derecho a consultar gratuitamente el saldo en el caso de servicios de prepago y sin condicionamiento a comprar saldo adicional.
2.- A la protección de tus datos personales en términos de las leyes aplicables.
3.- A la portabilidad de tu número telefónico, móvil o fijo, en un plazo no mayor a 24 horas y sin costo.
4.- A elegir libremente la empresa que te provee los servicios.
5.- A contratar y conocer las condiciones comerciales establecidas en los modelos de contrato de adhesión, registrados ante la Profeco, a través de medios electrónicos, incluyendo la página electrónica del concesionario o autorizado, sin perjuicio de recibirlas por otros medios.
6.- La nueva ley garantiza tu derecho a la libre elección y no discriminación en el acceso a los servicios de internet.
7.- A que te provean los servicios de telecomunicaciones conforme a los parámetros de calidad contratados o establecidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel).
8.- Otro de tus derechos es el de ser notificado por cualquier medio, incluido el electrónico, de cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas.
9.- A exigir el cumplimiento forzoso del contrato cuando el proveedor del servicio modifique las condiciones originalmente contratadas y en caso de que no las cumpla a rescindir el mismo.
10.- Como usuario de telefonía móvil tienes derecho a rescindir el servicio contratado o cambiar de paquete o plan, en forma anticipada pagando, en su caso, el costo remanente del equipo.
11.- Puedes solicitar y obtener el desbloqueo del equipo terminal cuando concluya la vigencia del contrato o se haya liquidado su costo.
12.- También tienes derecho al desbloqueo del equipo terminal móvil, cuando lo pagues de contado, liquides su costo o venza el plazo inicial de contratación. En cualquier supuesto el concesionario o autorizado te deberá proporcionar la clave de desbloqueo.
13.- La bonificación o descuento por fallas en el servicio o cargos indebidos, imputables al concesionario o autorizado, conforme a lo establecido en los contratos o cuando así lo determine la autoridad competente, es otro de tus derechos.
14.- En la prestación de los servicios de telecomunicaciones está prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condiciones social o de salud, la religión, opiniones, preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
15.- Tienes derecho a la manifestación de las ideas, al acceso a la información y a buscar, recibir y difundir información e ideas en los términos que establece la Constitución y las leyes aplicables.
16.- A que en los servicios móviles de prepago, el saldo no consumido a la fecha de su expiración, le sea abonado en las recargas que se lleven a cabo dentro del año siguiente a dicha fecha.
17.- A que cuando se haya suscrito un contrato de adhesión, sólo se pueda cambiar a otro por acuerdo de las partes. El consentimiento se otorgará por medios electrónicos.
18.- A cancelar el contrato sin necesidad de recabar autorización del concesionario o autorizado, ni penalización alguna cuando el plazo pactado concluya, excepto cuando se renueve el contrato por continuar usando y pagando los servicios de telecomunicaciones contratados originalmente.
19.- A no recibir llamadas del concesionario o autorizado sobre la promoción de servicios o paquetes a menos que expresamente manifieste su consentimiento a través de medios electrónicos.
20.- A que cuando se renueve el contrato de servicios móviles y no adquiera un nuevo equipo, la mensualidad se integre exclusivamente por el cobro de los servicios sin pago del equipo.
21.- A que en los contratos de servicios móviles se transparente, en el pago mensual, la parte que corresponda al costo de los servicios y la que corresponda al costo del equipo o instalaciones y el plazo de este pago.
Finalmente, la ley señala que cuando contrates un servicio de telefonía móvil, fija o internet, las empresas concesionarias o autorizadas deberán entregarte una carta que contenga los derechos que esta Ley y la Ley Federal de Protección al Consumidor reconocen, la cual podrá ser enviada a través de medios electrónicos.
C$C-GM