De ser aprobado, el proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM 237 afectaría no sólo a los colegios particulares, sino a la educación en general de México que necesita espacios disponibles a nivel nacional para quienes se quedan fuera de la educación pública, en especial en el caso del nivel superior, advirtieron asociaciones de escuelas particulares.
“El Estado no tiene la capacidad para tener cobertura total. Incluso, a nivel superior, ¿cuántos rechazados hay? … sin cupo en las instituciones del Estado y que son, a veces, becados en algunas particulares por el propio Estado en lo que hay espacio. En cuanto a cobertura, nosotros coadyuvamos con el Estado en esa parte”, recalcó Alejandra Carmona, consejera de Educación con Rumbo.
En el caso de la educación superior, la Secretaría de Educación Pública (SEP) ha llevado a cabo diversas acciones para apoyar a los aspirantes a continuar sus estudios, a través de orientación vocacional, laboral y difusión de becas. Una de las acciones es un portal donde se puede consultar la oferta académica de todas las instituciones de México.
La NOM 237 establece los principios de transparencia y calidad a los que deberán sujetarse las escuelas particulares, como obligaciones en materia de información y publicidad, así como de instalaciones y equipos, además de la verificación del cumplimiento de la misma, la cual estará a cargo de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
Esta norma, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo, y elaborada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (SE), indica que las escuelas sólo pueden cobrar de manera general y obligatoria por conceptos de inscripción, y en su caso, reinscripción, y colegiaturas, así como el número de éstas por el ciclo escolar ofertado, y deben registrar su contrato de adhesión en la Profeco.
Establece que queda prohibido fijar tarifas respecto a: Utilización de bibliotecas escolares, laboratorios y demás instalaciones; talleres cuya acreditación sea necesaria para aprobar alguno de los cursos contemplados en el costo de la colegiatura; uso de materiales y equipo de laboratorio y talleres, así como lo relativo a las actividades de enseñanza y prácticas deportivas.
“Se consideran violatorias de los derechos de los consumidores aquellas prácticas de exhibir a usuarios que no cumplan con aportaciones o no participen en planes de cooperación organizados o promovidos por los proveedores del servicio educativo o sus maestros”, refiere el numeral 4.2 relativo a las “Especificaciones, características, condiciones y términos aplicables a los proveedores de servicios educativos que se ofrecen”.
En septiembre del 2020, mediante el programa “Rechazo Cero”, a través de la Subsecretaría de Educación Superior, se ofrecieron 123 mil 843 espacios en 454 instituciones, para quienes no lograron ingresar a alguna institución para continuar sus estudios.
Para agosto de este año, la dependencia puso en marcha el programa “Tú Decides: Opciones en Educación Superior”, que sustituyó al de “Rechazo Cero”. La oferta fue de 49 mil 229 espacios en 203 instituciones de Educación Superior públicas y privadas en todo el país.
En videoconferencia, representantes de diversas asociaciones educativas privadas alertaron de la función que cumplen las escuelas particulares en especial en el nivel superior, y que de aprobarse la NOM habrá menos alternativas para los estudiantes mexicanos.
Las escuelas particulares de México, aseguraron, están ante una batalla difícil, pues ante la crisis que ha dejado la pandemia en la disminución de su matrícula ahora se enfrentan a este proyecto de Norma Oficial Mexicana impulsado por la Secretaría de Economía (SE), que podría provocar el cierre de 18 mil planteles en el país.
Por ello, exhortaron a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER), donde se encuentra el proyecto para su análisis y consulta pública, a frenar esta NOM que ve a las instituciones de educación privada como entidades mercantiles.
“Definir a las escuelas particulares como establecimientos mercantiles en el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía, cuando en el artículo 75 del Código de Comercio no se contempla a los servicios educativos como un acto de comercio, no sólo muestra la inexistencia de materia para generar una norma de tal envergadura, sino también pasa por alto que en los servicios educativos no existe especulación comercial, tampoco impera la intermediación y mucho menos son actos masivos”, destacaron al dar lectura a un posicionamiento conjunto.
Tras reiterar que sus acciones se llevarán a cabo por la vía legal, descartaron que pudieran realizar movilizaciones para manifestar su descontento por dicha norma, la cual estará bajo análisis y consulta pública hasta el 15 de noviembre próximo en la CONAMER.
“Habríamos que sujetarnos a la Ley de Amparo para continuar, y considerar que las escuelas particulares son un gran apoyo coadyuvante de la educación en el país como para que se desprotejan”, insistió Norma Leticia León Montelongo, directora ejecutiva de la Federación de Escuelas Particulares del Estado de México (FEPEM).
El proyecto, recalcó Alejandra Carmona, “tiene un vicio de origen, o como se dice ahora en el derecho penal, existe una falta al debido proceso porque equipara al servicio educativo con un acto de comercio, poniendo en entredicho su esencia como servicio público”.
En el evento también participaron representantes de la Alianza de Colegios Multiculturales de México (ACOMM), Alianza para la Educación Superior (ALPES), Asociación Nacional de Escuelas Preparatorias Particulares Incorporadas a la SEP (ANEPPI) y de la Confederación Nacional de Escuelas Particulares (CNEP).
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