Colectivos de los estados de Michoacán, Puebla, y Oaxaca que gestionan estaciones de radio indígenas y comunitarias, denunciaron que no fueron considerados para participar en el foro que se realizará en la Cámara de Diputados para hablar sobre la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
“El actual Poder Legislativo está incumpliendo lo que señala el Convenio 169 de la OIT, en donde se establece que eCl Estado no podrá realizar una reforma constitucional o legal cuando esa reforma afecte los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas, toda vez que no hemos sido convocados por la instancia legislativa federal a emitir nuestra opinión”.
En un comunicado, una veintena de organizaciones detalló que la Comisión de Radiodifusión y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputados de San Lázaro convocó a un foro para abordar la ley secundaria en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, y “uno de los Sujetos de esa Ley somos los Pueblos, Comunidades Indígenas y Afromexicanos, y no hemos sido convocados a dicho foro”.
Enfatizaron que no tienen persona representante, ni mucho menos, han delegado o nombrado ninguna persona u organización social que hable a nombre y representación de las radios comunitarias e indígenas, en el encuentro que se realizará el martes 22 de abril.
“Por lo tanto, pedimos un espacio de diálogo directo y permanente con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas”.
Las organizaciones hicieron un llamado a los distintos órdenes de gobierno para considerar las propuestas en materia de comunicación de los Pueblos y Comunidades Indígenas que fueron presentadas el 19 de enero de 2025 en el marco de los Foros para el Plan Nacional de Desarrollo.
Los colectivos firmantes recordaron que desde hace más de 30 años realizan la comunicación indígena en sus distintas expresiones: prensa escrita, video, programas de radio, uso del espectro radioeléctrico con autorización de la autoridad federal, telefonía celular comunitaria, entre otros.
“Algunos colectivos indígenas se han constituido en una figura legal, reconocida por el Estado Mexicano; esto no ha sido por voluntad nuestra, sino que el Estado Mexicano nos ha obligado, al ser uno de los requisitos para acceder a los recursos, que por derecho, nos corresponden conforme al art. 89 de la Ley Federal de Radio y Televisión como concesionario social de uso comunitario, indígena y afromexicano; muy a pesar nuestro, nos asimilamos a las condiciones y requisitos”.
Refirieron que en el gobierno de Vicente Fox, algunos colectivos se organizaron y pugnaron para que el Estado Mexicano les permitiera hacer uso del espectro radioeléctrico, por lo que se pudieron obtener los primeros permisos para operar y administrar una frecuencia de radio con fines culturales y educativos, “pero eso sí, con una acotación: no vender tiempo aire. Destacamos que con todo y los permisos en mano, no se dejó de criminalizar a los medios indígenas y comunitarios”.
En el año 2001 se reformó el artículo 2do Constitucional en materia de derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas, y en uno de sus párrafos, se reconoce su derecho a operar sus propios medios de comunicación, pero este derecho no se consolidó hasta el año 2013.
“Fue entonces, que se consolidó el derecho al otorgar una concesión de uso social indígena. Importante destacar que este reconocimiento no fue una gratuidad del legislador o de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, si no que se obtuvo a partir de la lucha de los Pueblos y Comunidades Indígenas, quienes presentamos recursos de impugnación ante la ‘Ley Televisa’, bajo el amparo del Convenio 169 de la OIT y de la reforma del artículo 2do de la Constitución Mexicana del año 2001”.
En septiembre de 2024, el Congreso de la Unión aprobó la reforma del artículo 2 Constitucional en materia de derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, y está pendiente la aprobación de la Ley Indígena y Afromexicana.
C$T-GM